Bolivia Economía y Finanzas

Aprueban dos fideicomisos a favor de los microempresarios mediante el D.S. 4424

Ministro de Economía / Archivo Opinión

El presidente, Luis Arce Catacora, aprobó este jueves el Decreto Supremo 4424 a través del cual destina Bs 911 millones para créditos dirigidos a personas naturales o jurídicas del sector productivo, con una tasa de interés del 0,5% anual y a 15 años plazo, para la reactivación y desarrollo de la industria nacional, anunció hoy el ministro de Economía y Finanzas Públicas, Marcelo Montenegro.

Se aprueban dos fideicomisos a favor de los microempresarios en el país. El ministro de Economía, Marcelo Montenegro, informó que se trata de un fondo de Bs 911 millones y una tasa de interés del 0,5%.

“Este Decreto se suma al paquete de medidas que viene implementando del Gobierno, es un apoyo al aparato productivo para generar productos e insumos nacionales que sustituyan importaciones y que va a permitir la dinamización de varios sectores de la economía con materias primas nacionales”, dijo el ministro Montenegro.

Para la otorgación de los 911 millones de bolivianos se crearon dos Fideicomisos para la Reactivación y Desarrollo de la Industria Nacional, los cuales serán constituidos por el Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural.

Este decreto autoriza al Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural (MDP), en calidad de fideicomitente, suscribir contratos de fideicomiso con el Banco de Desarrollo Productivo S.A.M por un monto de hasta 468.4 millones de bolivianos y con el Banco Unión S.A. por un monto de hasta 442.7 millones de bolivianos, ambos fideicomisos canalizaran los recursos para la otorgación de financiamiento en moneda nacional al sector productivo, que impulse la sustitución de importaciones. 

De acuerdo con el decreto, los recursos de los fideicomisos autorizados provendrán de saldos disponibles de Fideicomisos constituidos con recursos públicos, previstos en las Disposiciones Adicionales del citado Decreto Supremo, además de otras fuentes de recursos internas y/o externas.

Los beneficiarios de los créditos productivos, otorgados por los fideicomisos, serán las personas naturales o jurídicas que cuenten con Número de Identificación Tributaria (NIT) activo, del Régimen Tributario Simplificado o Régimen General.

Los recursos de los créditos podrán financiar capital de operaciones y/o de inversión, que tengan por finalidad la elaboración de materias primas, insumos y manufacturas que sustituyan importaciones.

El Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, establecerá los sectores de los complejos productivos priorizados a ser beneficiados por los Fideicomisos.

La norma recientemente aprobada instruye a los Ministerios de Economía y Finanzas Públicas, de Desarrollo Productivo y Economía Plural y de Desarrollo Rural y Tierras, a suscribir los contratos y adendas que correspondan para el cumplimiento del Decreto Supremo 4424.

/MVSG/


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