Bolivia

Presentan proyecto de Ley para regular protestas sociales en el país

El presidente de los empresarios de Cochabamba, Luis Laredo, presentó la norma / FEPC.
En el octavo día de bloqueos, la Federación de Entidades Empresariales Privadas de Cochabamba (FEPC) presentó ante la Brigada Parlamentaria el proyecto de Ley de Regulación de la Protesta Social.

En el octavo día de bloqueos, la Federación de Entidades Empresariales Privadas de Cochabamba (FEPC) presentó ante la Brigada Parlamentaria el proyecto de Ley de Regulación de la Protesta Social, en el cual se establecen las multas según el tipo de infracción en las protestas sociales.

De acuerdo a lo expuesto por el presidente de la FEPC, Luis Laredo, el documento establece las infracciones sociales como: atentar contra los derechos fundamentales, la infraestructura crítica, los servicios públicos esenciales, el orden público o la seguridad nacional; obstruir o impedir la circulación de personas y vehículos; incitar actos de violencia, vandalismo, sabotaje, terrorismo o delincuencia.

Sanciones para infracciones leves

De acuerdo a este proyecto de ley, las infracciones leves -aquellas que no atenten contra los derechos fundamentales ni causen daños materiales o morales- tendrían una sanción que puede ser una amonestación escrita o una multa hasta del 10% del salario mínimo nacional vigente.

Sanciones para infractores graves

Los infractores graves -los que afectan derechos fundamentales y/o causan daños moderados- deberán pagar un 50% del salario mínimo nacional vigente y enfrentar la suspensión temporal de sus derechos civiles por un periodo de 15 días a seis meses.

Mientras que las personas que afecten los derechos fundamentales de otro ciudadano, bienes públicos o privados, servicios públicos esenciales, el orden público o la seguridad nacional, o causen daños materiales o morales graves e irreparables, tendrían una sanción de hasta el 100% del salario mínimo nacional vigente y la cancelación de sus derechos civiles por hasta dos años.

Sanciones para organizaciones sociales

Para las organizaciones sociales que cometan infracciones según esta ley, se impondrá una multa equivalente al 3% del patrimonio neto declarado. Además, enfrentarán una suspensión temporal para realizar medidas de protesta durante un periodo de dos a 12 meses. También se decomisarán recursos y bienes utilizados por los manifestantes, así como la confiscación de instrumentos, materiales, maquinaria u otros enseres utilizados en las protestas.

De acuerdo al grado de infracción cometida por estas organizaciones sociales, podrían incluso perder su Personalidad Jurídica.


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