Ficha informativa
La contaminación ambiental en Oruro persiste a pesar de un marco legal robusto. La falta de implementación y fiscalización de normas es la principal causa. Se requiere una acción coordinada entre autoridades y ciudadanía para mejorar la situación.
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Contexto:
La campaña “Mano a Mano por Oruro Limpio y Verde” identificó que la contaminación se origina en prácticas inadecuadas y falta de educación ambiental. La Constitución Política del Estado garantiza derechos ambientales fundamentales.
Los gobiernos municipales tienen competencias en limpieza pública y gestión de residuos. Se recomienda fortalecer mecanismos de control, incrementar inversión en programas ambientales y desarrollar alianzas entre instituciones para proyectos sostenibles.
Por qué importa:
La acumulación de residuos sólidos y la contaminación afectan la salud pública y la calidad de vida. La falta de acción efectiva puede perpetuar estos problemas y deteriorar aún más el entorno urbano.
Datos clave:
- Fecha: 17 de junio de 2026
- Normas relevantes: Ley Nº 1333, Ley Nº 071, Ley Nº 300, Ley Nº 1700, Ley Nº 755, Ley Municipal Nº 064/2018
- Artículos constitucionales: Artículo 33, Artículo 34, Artículo 342, Artículo 347
La contaminación ambiental constituye uno de los problemas más preocupantes de la ciudad de Oruro. La acumulación de residuos sólidos en calles, mercados y espacios públicos, junto con la escasez de áreas verdes y una limitada cultura ambiental, afecta la salud de la población, la calidad de vida y la imagen urbana. Aunque Bolivia cuenta con un amplio marco legal orientado a la protección del medio ambiente, estos problemas persisten debido, principalmente, a deficiencias en la aplicación y fiscalización de las normas vigentes.
La campaña “Mano a Mano por Oruro Limpio y Verde”, impulsada por la Universidad Técnica de Oruro, permitió identificar que las dificultades no radican en la falta de legislación, sino en la insuficiente implementación de las políticas ambientales. Esta experiencia puso de manifiesto la importancia de fortalecer el trabajo conjunto entre autoridades, instituciones y ciudadanía para contribuir a la construcción de una ciudad más limpia, ordenada y sostenible.
LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE EN LA CONSTITUCIÓN
La Constitución Política del Estado reconoce la protección ambiental como un derecho fundamental. El artículo 33 establece que todas las personas tienen derecho a vivir en un medio ambiente saludable, protegido y equilibrado. Asimismo, el artículo 34 reconoce el derecho de las personas y las colectividades a participar en la defensa y protección del medio ambiente.
Por otra parte, los artículos 342 y 347 señalan que es deber tanto del Estado como de la población conservar, proteger y aprovechar de manera sostenible los recursos naturales. Asimismo, estas disposiciones establecen la responsabilidad de prevenir, mitigar y reparar los daños ocasionados al medio ambiente.
Sin embargo, pese a estas garantías constitucionales, en Oruro continúan observándose problemas como la acumulación de residuos sólidos, la contaminación de espacios públicos y el deterioro de las áreas verdes. Esta realidad evidencia la brecha existente entre el marco normativo y su cumplimiento efectivo.
LEYES NACIONALES Y PROTECCIÓN AMBIENTAL
Bolivia cuenta con importantes leyes ambientales destinadas a la protección del medio ambiente. Entre ellas, destaca la Ley Nº 1333 del Medio Ambiente, cuyo objetivo es proteger, conservar y promover el uso sostenible de los recursos naturales, mediante el establecimiento de mecanismos de prevención, control y educación ambiental.
A esta normativa se suma la Ley Nº 071 de Derechos de la Madre Tierra, que reconoce a la naturaleza como sujeto de derechos y garantiza principios fundamentales, como el derecho a la vida, al agua, al aire limpio y al equilibrio ecológico. Del mismo modo, la Ley Nº 300 Marco de la Madre Tierra promueve la conservación de los ecosistemas, la adaptación al cambio climático y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales.
También destacan la Ley Forestal Nº 1700, orientada a la conservación, protección y manejo sostenible de los recursos forestales, y la Ley Nº 755 de Gestión Integral de Residuos, que promueve la reducción, reutilización y el reciclaje de residuos sólidos mediante la aplicación del principio de responsabilidad compartida.
A pesar de este amplio marco jurídico, persisten problemas relacionados con el manejo inadecuado de residuos sólidos, las bajas tasas de reciclaje y la insuficiente forestación urbana, lo que evidencia dificultades en la aplicación efectiva de las disposiciones legales y las políticas ambientales.
NORMAS DEPARTAMENTALES EN LA GESTIÓN AMBIENTAL
En el ámbito departamental, se aprobaron normas como el Reglamento Departamental de Gestión Integral de Residuos Sólidos (2024), orientado a promover una gestión adecuada de los residuos sólidos y a reducir el uso de plásticos de un solo uso.
Asimismo, el Decreto Departamental Nº 142/2023 establece medidas orientadas a reducir las emisiones contaminantes y mejorar la calidad del aire mediante la implementación de controles ambientales. Sin embargo, la contaminación por residuos sólidos continúa siendo una preocupación constante, lo que evidencia la necesidad de fortalecer los mecanismos de seguimiento, control y coordinación interinstitucional.
LA RESPONSABILIDAD DE LOS GOBIERNOS MUNICIPALES
Los gobiernos municipales desempeñan un papel fundamental en la protección del medio ambiente debido a las competencias que les otorga la normativa vigente en materia de limpieza pública, gestión integral de residuos sólidos, mantenimiento de áreas verdes y educación ambiental. Por su cercanía con la población, constituyen el nivel de gobierno con mayor capacidad para impulsar acciones preventivas, promover hábitos responsables y garantizar espacios públicos más saludables y sostenibles.
En Oruro destaca la Ley Municipal Nº 064/2018 “Día de la Limpieza”, una iniciativa orientada a fortalecer la participación ciudadana en el cuidado del entorno urbano y a fomentar la aplicación de las tres erres: reducir, reutilizar y reciclar. Esta normativa busca generar conciencia ambiental y promover la corresponsabilidad entre autoridades y ciudadanía en la conservación de los espacios públicos.
Asimismo, el municipio cuenta con reglamentos y disposiciones complementarias destinados a prevenir la contaminación ambiental, mejorar la gestión de residuos y fortalecer los procesos de educación y sensibilización ambiental. No obstante, los desafíos relacionados con la acumulación de residuos sólidos en diferentes sectores de la ciudad evidencian la necesidad de reforzar la aplicación efectiva de estas normas, así como de consolidar mecanismos permanentes de control, fiscalización y participación ciudadana.
LA EXPERIENCIA DE LA CAMPAÑA “MANO A MANO POR ORURO LIMPIO Y VERDE”
La campaña impulsada por la Universidad Técnica de Oruro permitió identificar que una parte significativa de la contaminación urbana tiene su origen en prácticas inadecuadas de disposición de residuos sólidos, la limitada educación ambiental y la escasa corresponsabilidad ciudadana en el cuidado de los espacios públicos. Esta situación demuestra que los problemas ambientales no solo responden a deficiencias institucionales, sino también a conductas cotidianas que afectan la limpieza y la sostenibilidad de la ciudad.
La experiencia evidenció que la cooperación entre universidades, instituciones públicas, organizaciones sociales y ciudadanía puede generar resultados positivos cuando existe compromiso colectivo y participación activa de los diferentes actores sociales. Asimismo, puso de manifiesto la importancia de promover una cultura ambiental basada en la prevención, el reciclaje y el respeto por el entorno.
Sin embargo, también se constató que las acciones voluntarias y las campañas ocasionales resultan insuficientes para enfrentar de manera integral la problemática ambiental. Por ello, es necesario complementar estos esfuerzos con programas permanentes de educación ambiental, mecanismos eficaces de fiscalización y control, así como una aplicación rigurosa de la normativa vigente. Solo mediante una acción coordinada y sostenida será posible consolidar cambios de comportamiento duraderos y avanzar hacia una ciudad más limpia, saludable y ambientalmente sostenible.
CONCLUSIONES
El análisis demuestra que Bolivia y Oruro cuentan con una sólida base legal para la protección ambiental, sustentada en los artículos 33, 34, 342 y 347 de la Constitución Política del Estado, así como en la Ley Nº 1333 del Medio Ambiente, la Ley Nº 071 de Derechos de la Madre Tierra, la Ley Nº 300 Marco de la Madre Tierra, la Ley Nº 1700 Forestal y la Ley Nº 755 de Gestión Integral de Residuos.
No obstante, la persistencia de problemas como la acumulación de basura, la contaminación urbana, el limitado reciclaje y la escasez de áreas verdes demuestra que las principales dificultades se encuentran en la aplicación y cumplimiento de las normas. La educación ambiental, la participación ciudadana, la coordinación institucional y la fiscalización efectiva son fundamentales para transformar las leyes en resultados concretos.
RECOMENDACIONES
Se recomienda fortalecer los mecanismos de control y fiscalización ambiental en todos los niveles de gobierno, incrementar la inversión en programas de prevención y mitigación de la contaminación y garantizar el cumplimiento efectivo de las normas vigentes.
Asimismo, es necesario desarrollar programas permanentes de educación ambiental, fortalecer los sistemas de reciclaje, promover la separación de residuos en origen e impulsar campañas continuas de forestación urbana. Finalmente, se deben consolidar alianzas entre instituciones públicas, universidades, empresas y sociedad civil para desarrollar proyectos sostenibles que contribuyan a mejorar la calidad de vida de la población y proteger el medio ambiente.
FUENTES:
Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia.
Ley N.º 1333 del Medio Ambiente.
Ley N.º 071 de Derechos de la Madre Tierra.
Ley N.º 300 Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien.
Ley N.º 1700 Forestal.
Ley N.º 755 de Gestión Integral de Residuos.
Ley Marco de Autonomías y Descentralización N.º 031.
Ley Municipal N.º 064/2018 “Día de la Limpieza”.
(*) Sebastián Edgar Condomis Santos, es docente y director de Vinculación de la UTO.
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