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Cuestionan el decreto del «colaborador eficaz» por injerencia del Gobierno en juicios civiles

Senador de la bancada Comunidad Ciudadana (CC), Rodrigo Paz Pereira / ERBOL
El senador, Rodrigo Paz, cuestionó que el término corrupción en Bolivia tiene una concepción difusa y nada precisa.

El senador de la bancada de Comunidad Ciudadana (CC), Rodrigo Paz, en contacto con LA PATRIA, explicó este lunes que el Decreto Supremo 4757 sobre la “Colaboración Eficaz”, tiene una instancia de injerencia directa del Poder Ejecutivo en el ámbito de la justicia.

El decreto suma 23 artículos y establece que con el propósito de contar con un instrumento de aplicación de Colaboración Eficaz, aprueba la Guía de Actuación para la Aplicación de la Colaboración Eficaz.

“Osea el Poder Ejecutivo puede tener injerencia en un proceso judicial con el Juez o el Fiscal ante la presencia de un colaborador eficaz”, cuestionó Paz.

Señaló que el Ministerio de Justicia tiene la oportunidad de presentar colaboradores eficaces para acciones contra la sociedad civil en conjunto; transportistas, gremialistas, empresarios, medios de comunicación y otros que estén implicados en un posible hecho de corrupción.

Asimismo, cuestionó que el término corrupción en Bolivia tiene una concepción difusa y nada precisa.

“Entonces este decreto en pocos artículos determina (…) que la justicia esta penetrada o tiene injerencia del ejecutivo del Gobierno, debería ser un poder autónomo independiente, con este decreto 4757 se oficializa la injerencia del Ministerio de Justicia en la justicia nacional por que da el poder para hablar con jueces con fiscales de forma abierta”, manifestó el senador.

POSICIÓN DEL MINISTERIO DE JUSTICIA

En relación a las críticas, el Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional (MJTI) dijo que la Constitución Política del Estado establece en su artículo 108, numeral 8 que es deber de los bolivianos “denunciar y combatir todos los actos de corrupción”.

Precisó que se introdujo esta figura de colaboración eficaz a través de la Ley 1390 de Fortalecimiento para la lucha contra la corrupción, una norma del año pasado y pretende hacer más efectiva la persecución penal en delitos de corrupción, que se enmarca en el estándar internacional de la Convención de las Naciones Unidas (NNUU) contra este delito.

“Cada Estado Parte adoptará medidas apropiadas para alentar a las personas que participen o hayan participado en la comisión de delitos tipificados con arreglo a la presente Convención a que proporcionen a las autoridades competentes información útil con fines investigativos y probatorios y a que les presten ayuda efectiva y concreta que pueda contribuir a privar a los delincuentes del producto del delito, así como a recuperar ese producto”, alegó el Ministerio de Justicia.

La cartera de Justicia aclaró que esta figura es aplicada con buenos resultados en varios países como ser Perú, Colombia, México y Brasil, como un mecanismo para la lucha contra la corrupción.

“Toda vez que la víctima perjudicada por los actos de corrupción es el Estado, y la sociedad en su conjunto, las leyes 004 y 974, así como los Decretos Supremos 29894 y 3058 otorgan al Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional, la plena competencia de ser parte de los procesos penales en calidad de coadyuvante y querellante Institucional”, explicó.

/NVY


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