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Decreto que prohíbe uso de vidrios polarizados en vehículos entra en vigencia

Decreto que prohíbe uso de vidrios polarizados en vehículos entra en vigencia
Tendrán que tramitar una autorización para que un vehículo en casos excepcionales pueda oscurecer sus vidrios o polarizarlos / INTERNET

Entró en vigencia el Decreto Supremo 4740 el cual establece la obligatoriedad de tramitar una autorización para que un vehículo en casos excepcionales oscurezca sus vidrios o polarizarlos, anunció la noche del miércoles mediante sus redes sociales, el Presidente del Estado, Luis Arce.

El uso de vidrios polarizados sin autorización fue aprobado durante la Presidencia de Jeanine Áñez propuesto por el entonces ministro de Gobierno, Arturo Murillo.

Arce aseguró que esta decisión vulneró el derecho a la seguridad de los ciudadanos, permitiendo el uso sin autorización de vidrios oscurecidos o polarizados, dando lugar al uso de vehículos para la comisión de delitos criminales.

“Aprobamos el DS 4740 que restablece la autorización para el uso de vidrios oscurecidos o polarizados en vehículos terrestres. De esa manera velamos por la seguridad de nuestra ciudadanía y demostramos, con hechos, nuestro compromiso de lucha contra la delincuencia”, escribió en Twitter el mandatario.

El decreto supremo señala que los vidrios polarizados serán autorizados solo para el uso de ambulancias, vehículos de representantes de Misiones Diplomáticas, Consulares, de Organismos Internacionales acreditados en Bolivia, y todo aquel que tenga placa diplomática.

Los motorizados oficiales y particulares del Presidente y Vicepresidente del Estado Plurinacional; ministros de Estado; presidentes de las Cámaras de Diputados y Senadores de la Asamblea Legislativa Plurinacional, también podrán usar los vidrios polarizados.

Asimismo, será autorizado para vehículos oficiales de magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional; del Tribunal Supremo de Justicia, y presidentes de los Tribunales Departamentales de Justicia; magistrados del Tribunal Agroambiental; consejeros del Consejo de la Magistratura; vocales del Tribunal Supremo Electoral y presidentes de los Tribunales Electorales Departamentales; Contralor General del Estado; Fiscal General del Estado y fiscales Departamentales; Procurador General del Estado; Defensor del Pueblo; gobernadores de los Gobiernos Autónomos Departamentales, y presidentes de las Asambleas Legislativas Departamentales; alcaldes de los Gobiernos Autónomos Municipales y presidentes de los Concejos Municipales.

Por orden judicial, en procesos que se investiguen hechos de violencia. Por razones de salud, debidamente certificadas por el ente Gestor de Salud o por los establecimientos públicos de salud.

El decreto además señala que para los vehículos con vidrios oscurecidos o polarizados, utilizados para la lucha contra el crimen, el narcotráfico y contrabando, no requerirá tramitar autorización alguna.

Además, “en ningún caso se autorizará el uso de vidrios oscurecidos o polarizados en vehículos de transporte público”, determina la norma.

La Policía de Tránsito será la encargada de hacer cumplir esta disposición y el Ministerio de Gobierno tiene 30 días para reglamentar la aplicación del decreto.

/MDCB

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