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Denuncian incumplimiento de resolución ministerial y exigen a AFCOOP restablecer la seguridad jurídica en Coteor R.L.

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Exigen a AFCOOP restablecer la seguridad jurídica en Coteor • La Patria
La incertidumbre jurídica en Coteor R.L. persiste ante el incumplimiento de la resolución ministerial 062/2026 por AFCOOP

Ficha informativa

Se denuncia el incumplimiento de la Resolución Ministerial N.º 062/2026 por parte de AFCOOP, lo que genera incertidumbre jurídica en COTEOR R.L. La situación se agrava tras la Asamblea del 12 de agosto de 2026.

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Contexto:

La denuncia fue presentada por José Luis Toco Choque, ex Consejero de Vigilancia. Se argumenta que AFCOOP no ha emitido un pronunciamiento sobre los efectos jurídicos derivados de la nulidad dispuesta en la Resolución Ministerial.

El denunciante enfatizó que se requiere el cumplimiento efectivo de la resolución ministerial para evitar futuras nulidades y garantizar el principio de legalidad.

Por qué importa:

La falta de pronunciamiento por parte de AFCOOP podría llevar a la consolidación de actos institucionales inválidos, afectando la seguridad jurídica y generando nuevas controversias en COTEOR R.L.

Datos clave:

  • Resolución Ministerial N.º 062/2026
  • Fecha de la resolución: 19 de enero de 2026
  • Informe AFCOOP/DGE/DCF/PJ/INF-IN/N.º 735/2025, de 29 de julio de 2025
  • Gestión del Consejero de Vigilancia: del 24 de junio de 2022 al 24 de junio de 2025
  • Fecha de la Asamblea General Ordinaria: 12 de agosto de 2026
Denuncian incumplimiento de resolución ministerial y exigen a AFCOOP restablecer la seguridad jurídica en Coteor R.L.
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Ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social fue presentada formalmente una denuncia por el presunto incumplimiento de la Resolución Ministerial N.º 062/2026, de 19 de enero de 2026, por parte de la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas (AFCOOP), situación que estaría prolongando la incertidumbre jurídica e institucional en la Cooperativa de Telecomunicaciones Oruro R.L. – COTEOR.

La denuncia fue presentada por José Luis Toco Choque, quien ejerció como Consejero de Vigilancia de COTEOR R.L. durante la gestión 24 de junio de 2022 al 24 de junio de 2025.

La Resolución Ministerial N.º 062/2026 determinó anular obrados hasta el Informe AFCOOP/DGE/DCF/PJ/INF-IN/N.º 735/2025, de 29 de julio de 2025, inclusive, y ordenó a AFCOOP realizar un nuevo análisis y pronunciamiento conforme a la normativa vigente.

Particularmente, la propia Resolución instruyó que dicho análisis se efectúe “con el fin de no incurrir en futuras nulidades”. Sin embargo, según la denuncia presentada, pese al tiempo transcurrido y a varios memoriales remitidos a AFCOOP, hasta la fecha no existiría un pronunciamiento de fondo que defina claramente los efectos jurídicos derivados de la nulidad dispuesta.

ASAMBLEA DEL 12 DE AGOSTO AGRAVA LA INCERTIDUMBRE

Uno de los aspectos centrales denunciados es que AFCOOP habría sido advertida oportunamente sobre la convocatoria a la Asamblea General Ordinaria de COTEOR R.L. del 12 de agosto de 2026 y sobre los riesgos jurídicos que podían generarse si continuaban produciéndose nuevos actos institucionales sin haberse emitido previamente el pronunciamiento ordenado por la AFCOOP en el marco de la Resolución Jerárquica emitida por el Ministerio de Trabajo.

La preocupación radica en que puedan consolidarse asambleas, elecciones, designaciones, posesiones u otras actuaciones institucionales cuya validez posteriormente pudiera resultar afectada por los alcances de la nulidad ya determinada.

«“No estamos solicitando ningún privilegio ni una resolución favorable a determinado sector, estamos exigiendo algo elemental: que se cumpla una Resolución Ministerial vigente y que AFCOOP emita el pronunciamiento que legalmente le corresponde”, señaló Toco.»

PIDEN DETERMINAR RESPONSABILIDADES

El memorial presentado ante el Ministro de Trabajo solicita que se requiera a AFCOOP un informe inmediato, circunstanciado y documentado sobre las actuaciones desarrolladas para cumplir los numerales primero y segundo de la Resolución Ministerial,

asimismo, se solicita determinar las causas por las cuales no se habría producido oportunamente el pronunciamiento y, si de la investigación surgieran indicios de demora, omisión o incumplimiento injustificado, iniciar los procesos administrativos que correspondan contra los servidores públicos responsables, respetando el debido proceso.

También se pide establecer expresamente qué efectos jurídicos tiene la nulidad dispuesta sobre las actuaciones posteriores relacionadas con los antecedentes anulados.

“UNA RESOLUCIÓN MINISTERIAL NO PUEDE QUEDAR EN EL PAPEL”

El denunciante sostuvo que el problema ha dejado de ser una simple demora administrativa, debido a que mientras no exista una definición de fondo continúan generándose nuevos actos dentro de COTEOR R.L., incrementando la inseguridad jurídica para la institución y sus asociados.

“Una Resolución Ministerial emitida por el propio Ministerio de Trabajo no puede convertirse en una determinación meramente formal, si una autoridad superior ordenó expresamente realizar un debido análisis y pronunciamiento para evitar futuras nulidades, esa determinación debe cumplirse, el principio de legalidad obliga tanto a emitir resoluciones como a garantizar su efectivo cumplimiento”, manifestó.

Finalmente, se solicitó al Ministerio de Trabajo adoptar las medidas necesarias para restablecer la seguridad jurídica en COTEOR R.L., evitar nuevas controversias institucionales y hacer cumplir integralmente la Resolución Ministerial N.º 062/2026, además de comunicar formalmente al denunciante las determinaciones asumidas.

Jose Luis Toco

* Jose Luis Toco
Exviceministro de Altas Tecnologías Energéticas

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¿Por qué es importante que AFCOOP emita un pronunciamiento sobre la Resolución Ministerial N.º 062/2026?

  • Para evitar la acumulación de nuevos actos que puedan ser considerados inválidos
  • Porque es un requisito para la celebración de eventos sociales
  • Para permitir que COTEOR R.L. realice elecciones sin supervisión
  • Porque los miembros de COTEOR R.L. lo exigen sin razón
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