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TSE Bolivia establece plazo para certificado impedimento

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TSE Bolivia establece plazo para certificado impedimento • TED
Las personas que no votaron este 19 de abril, tienen 30 días para solicitar su certificado de impedimento.

Ficha informativa

El Tribunal Supremo Electoral de Bolivia establece un plazo de 30 días para que quienes no votaron en las elecciones del 19 de abril tramiten su certificado de impedimento, necesario para evitar sanciones y realizar trámites.

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Contexto:

El certificado de impedimento es necesario para justificar la inasistencia al voto. Las causas justificadas incluyen problemas de salud, viajes, privación de libertad y otras situaciones imprevistas. Las autoridades recomiendan realizar el trámite lo antes posible.

Los pasos para obtener el certificado incluyen acudir a las oficinas del TED, presentar una carta justificativa, cédula de identidad vigente y documentos que respalden la inasistencia. Las direcciones de los TED en los cinco departamentos son: Santa Cruz: calle Andrés Ibáñez N.º 150; Oruro: calle La Plata N.º 6356; Tarija: calle Ingavi N.º 668; Beni: avenida 9 de Abril y Gil Coimbra; Chuquisaca: calle Vaca Guzmán N.º 1.

Por qué importa:

Desde el lunes, será obligatorio presentar el nuevo certificado para realizar trámites en instituciones públicas y entidades financieras. El certificado emitido en la primera vuelta pierde validez en los cinco departamentos donde se realizó la segunda vuelta.

Datos clave:

  • Fecha de elecciones: 19 de abril
  • Plazo para solicitar certificado: 30 días
  • N.º de Ley del Régimen Electoral: 026
  • Fecha de primera vuelta: 22 de marzo
  • Departamentos con segunda vuelta: Santa Cruz, Beni, Tarija, Chuquisaca, Oruro
TSE Bolivia establece plazo para certificado impedimento
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Certificado de impedimento: Plazo y requisitos

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) de Bolivia informó que las personas que no sufragaron en la segunda vuelta de las elecciones subnacionales del domingo 19 de abril tienen un plazo de 30 días para tramitar su certificado impedimento. Este documento es necesario para evitar sanciones y realizar trámites posteriores sin inconvenientes.

Departamentos donde se llevaron a cabo las elecciones

  • Santa Cruz
  • Beni
  • Tarija
  • Chuquisaca
  • Oruro

De acuerdo con la Ley del Régimen Electoral N.º 026, quienes no acudieron a votar deben justificar su inasistencia ante el Tribunal Electoral Departamental (TED) correspondiente dentro del plazo establecido por ley. Desde este lunes, será obligatorio presentar el nuevo certificado de sufragio para realizar trámites en instituciones públicas y entidades del sistema financiero.

Validez del certificado de sufragio

El documento emitido durante la primera vuelta, realizada el pasado 22 de marzo, pierde validez en los cinco departamentos donde se llevó a cabo el balotaje. El nuevo certificado será exigido para:

  • Trámites bancarios
  • Gestiones administrativas
  • Otros servicios que requieran la acreditación de haber cumplido con el deber del voto.

Situaciones que justifican la inasistencia al voto

En los departamentos de La Paz, Cochabamba, Pando y Potosí, donde no se desarrolló segunda vuelta, continúa vigente el certificado de sufragio emitido en marzo, sin modificación en su validez. El certificado de impedimento está dirigido a personas que no votaron por causas justificadas, tales como:

  • Problemas de salud o internación hospitalaria
  • Viajes o tránsito fuera de su lugar de votación
  • Privación de libertad
  • Otras situaciones imprevistas debidamente respaldadas.
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Recomendaciones y pasos para obtener el certificado

Las autoridades recomiendan realizar el trámite lo antes posible para evitar contratiempos. Los pasos para obtener el certificado son:

  1. Acudir a las oficinas o puntos de atención del TED.
  2. Presentar una carta dirigida al TED respaldando la ausencia en las urnas.
  3. Presentar la cédula de identidad vigente.
  4. Explicar los motivos de la inasistencia y presentar documentos de respaldo (certificado médico, pasajes, memorandos de trabajo, entre otros).
  5. Completar el formulario correspondiente.

Direcciones de los Tribunales Electorales Departamentales

Las direcciones de los Tribunales Electorales Departamentales en los cinco departamentos son:

  • Santa Cruz: calle Andrés Ibáñez N.º 150
  • Oruro: calle La Plata N.º 6356, entre Aldana y Murguía
  • Tarija: calle Ingavi N.º 668, esquina Campero
  • Beni: avenida 9 de Abril y Gil Coimbra
  • Chuquisaca: calle Vaca Guzmán N.º 1.

Este hecho resalta que solo queda válido el nuevo certificado que se dio en la segunda vuelta del 19 de abril en estos cinco departamentos que eligieron a su gobernador.

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¿Por qué es importante tramitar el certificado de impedimento después de no votar en la segunda vuelta de las elecciones subnacionales en Bolivia?

  • Para evitar sanciones y poder realizar trámites sin inconvenientes
  • Porque es un requisito para votar en futuras elecciones
  • Para obtener beneficios económicos del gobierno
  • Porque es necesario para viajar al extranjero
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