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ASFI activa alivio financiero para deudores debido a bloqueos

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ASFI activa alivio financiero: quiénes pueden congelar temporalmente el pago de sus créditos • COMPOSICIÓN LA PATRIA
Las personas afectadas por bloqueos y conflictos sociales ya pueden solicitar la evaluación de sus créditos para acceder a reprogramaciones, refinanciamientos y períodos de gracia

Ficha informativa

La ASFI activa mecanismos de alivio financiero para deudores en Bolivia bajo el Decreto Supremo 5630, permitiendo reprogramación y refinanciamiento de créditos para quienes enfrentan dificultades económicas debido a bloqueos y conflictos sociales.

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Contexto:

La medida está dirigida a personas con ingresos reducidos por situaciones extraordinarias. La promulgación del decreto fue motivada por bloqueos y escasez de combustible que afectaron el transporte, generando riesgo de impago masivo.

Las entidades financieras deben atender las solicitudes y no requieren reglamentación adicional. Los gastos relacionados con documentos serán cubiertos por las entidades financieras. Si un cliente no recibe respuesta adecuada, puede acudir a ASFI.

Por qué importa:

Los prestatarios pueden reorganizar sus deudas sin penalizaciones adicionales, lo que frena la asfixia económica y protege el patrimonio de sectores vulnerables. Las solicitudes no afectan la calificación crediticia del solicitante.

Datos clave:

  • Decreto Supremo 5630
  • 30 días calendario para el proceso de evaluación
  • 1 a 6 meses de período de gracia
ASFI activa alivio financiero para deudores debido a bloqueos
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ASFI activa alivio financiero

Los consumidores financieros en Bolivia que enfrentan dificultades para cumplir con sus obligaciones crediticias debido a bloqueos, conflictos sociales u otros eventos adversos ya pueden solicitar mecanismos de alivio financiero. Esta opción está contemplada en el Decreto Supremo 5630, según informó la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI).

¿Quiénes pueden acceder al beneficio?

La medida está dirigida a personas cuyos ingresos se redujeron o cuya capacidad económica se vio perjudicada por situaciones extraordinarias. Sin embargo, los beneficios no se aplican de forma automática. Cada prestatario debe presentar una solicitud formal ante la entidad financiera donde mantiene su crédito para que se evalúe su situación particular.

Opciones disponibles: reprogramación o refinanciamiento

El Decreto Supremo 5630 contempla dos mecanismos principales:

  • Reprogramación: Permite modificar las condiciones de un crédito vigente, ajustando plazos o cronogramas de pago.
  • Refinanciamiento: Implica una nueva operación financiera mediante la cual se reorganiza la deuda existente bajo nuevas condiciones.

Las personas afectadas por bloqueos y conflictos sociales ya pueden solicitar la evaluación de sus créditos para acceder a estas opciones. La ASFI recordó que el decreto está vigente y las entidades financieras están obligadas a aplicar sus disposiciones.

Proceso de evaluación

La norma establece una prórroga durante el proceso de evaluación, que puede extenderse hasta 30 días calendario. Durante este período, el prestatario no está obligado a pagar cuotas, intereses ni otros cargos relacionados con la operación crediticia. Las entidades financieras pueden ampliar este plazo según sus políticas internas.

Período de gracia

Uno de los beneficios más relevantes es la posibilidad de acceder a un período de gracia de entre uno y seis meses. Durante este tiempo, el cliente no realiza pagos de capital ni intereses. Sin embargo, la deuda no desaparece y los montos pendientes serán incorporados al nuevo plan de pagos acordado con la entidad financiera.

ASFI precisó que quienes accedan a estos mecanismos conservarán la tasa de interés vigente en su crédito, salvo que se ofrezcan condiciones más favorables. Además, los gastos relacionados con documentos deberán ser cubiertos por la entidad financiera.

Impacto en la calificación crediticia

La solicitud de reprogramación o refinanciamiento no implica una reclasificación automática del prestatario a una categoría de mayor riesgo. Esto significa que acceder a estos mecanismos no debería perjudicar el historial crediticio del solicitante.

Qué hacer si el banco no cumple

ASFI recordó que las entidades financieras deben informar públicamente sobre los requisitos y procedimientos para acceder a estos beneficios. Si un cliente considera que su solicitud no fue atendida adecuadamente, debe presentar un reclamo ante la entidad financiera y, si no obtiene respuesta satisfactoria, puede acudir a ASFI para solicitar intervención.

Cierre y contexto del decreto

Con el Decreto Supremo 5630 en plena vigencia, miles de prestatarios afectados cuentan ahora con herramientas para reorganizar sus deudas y recuperar estabilidad financiera sin enfrentar mayores cargas ni sanciones adicionales. Esta medida frena la asfixia económica al congelar deudas sin penalizaciones y protege el patrimonio de sectores vulnerables.

La promulgación del Decreto Supremo 5630 fue motivada por el impacto de bloqueos y escasez de combustible que paralizaron el transporte. Estos conflictos generaron presión por parte de gremios transportistas ante el riesgo de impago masivo por inactividad forzada.

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¿Por qué se implementó el Decreto Supremo 5630 en Bolivia?

  • Para facilitar la compra de viviendas
  • Debido a bloqueos y escasez de combustible que afectaron la economía
  • Para aumentar las tasas de interés en los créditos
  • Para promover el ahorro entre los consumidores
©2026 Editorial La Patria Ltda.
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Hechos y opiniones en la nota

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El Decreto Supremo 5630 permite a los prestatarios solicitar mecanismos de alivio financiero.
Las entidades financieras están obligadas a atender las solicitudes de reprogramación o refinanciamiento.
Acceder a estos mecanismos debería ser una solución fácil y rápida para todos los prestatarios.
Los prestatarios pueden tener un período de gracia de entre uno y seis meses sin realizar pagos.
La implementación del decreto es una medida adecuada para proteger a los sectores vulnerables afectados por conflictos sociales.
La solicitud de reprogramación no afecta automáticamente la calificación crediticia del prestatario.
Es probable que muchos prestatarios no conozcan sus derechos bajo el Decreto Supremo 5630.
©2026 Editorial La Patria Ltda.
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