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Ministerio de Trabajo ratifica suspensión de actividades laborales tras extensión de la cuarentena

Suspensión de actividades laborales por cuarentena
la cuarentena se ampliará hasta el 30 de abril. / LA PATRIA
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, ratificó la suspensión de actividades laborales, salvo aquellas de salud, seguridad y otras indispensables, en corcondancia con las medidas del Gobierno para ampliar la cuarentena total hasta el próximo 30 de abril.

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, ratificó la suspensión de actividades laborales, salvo aquellas de salud, seguridad y otras indispensables, en concordancia con las medidas del Gobierno para ampliar la cuarentena total hasta el próximo 30 de abril.

Mediante un comunicado dio a conocer tres puntos conforme al  Decreto Supremo Nº 4214.

1. Se dispone la suspensión de actividades laborales en entidades públicas y privadas a nivel nacional, hasta el jueves 30 de abril de 2020, exceptuando a las entidades y empresas descritas en el parágrafo ll y IV de los Artículos 2 y 4 del Decreto Supremo Nº 4199.

Es decir, Servicios de salud del sector público y privado; Policía Boliviana; Fuerzas Armadas; Instituciones, empresas de servicios públicos e industrias públicas y privadas; Entidades financieras bancarias y entidades financieras no bancarias, públicas, privadas o mixtas; entidades públicas, instituciones privadas y particulares, que brindan atención y cuidado a población vulnerable, debiendo establecer prioridades y la asignación del personal estrictamente necesario. Debiendo todas las entidades públicas y privadas cumplir con el pago de sueldos y salarios por este periodo de suspensión de actividades.

2. Se extiende la vigencia de las Autorizaciones de Funcionamiento a

Entidades públicas y privadas otorgadas por esta Cartera de Estado en el marco de la Resolución Ministerial N° 189/2020 de 18 de marzo del año en curso, hasta el jueves 30 de abril de 2020. La renovación se realizará de manera automática.

3. El Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social, a través de las Jefaturas Departamentales Regionales de Trabajo, continuará realizando las verificaciones permanentes para garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Supremo N 4199, Resolución Bi Ministerial 01/20 y demás disposiciones reglamentadas.

/VEGA/