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TSE de Bolivia solicita ajustes en preguntas de referendo propuesto por el Gobierno de Arce

Presidente y vocales del TSE, en confrencia de prensa / Fuente Directa
El Tribunal Supremo Electoral de Bolivia informó que las preguntas del referendo propuesto por el Gobierno de Luis Arce deben ajustarse.

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) de Bolivia informó este viernes 23 de agosto que las cuatro preguntas del referendo propuesto por el Gobierno de Luis Arce deben ajustarse, ya que no se enmarcan en los criterios de claridad, precisión e imparcialidad para su validación.

«La Sala Plena del TSE aprobó el informe que fue remitido al Gobierno de Bolivia para que haga un análisis y, en caso de seguir esta iniciativa, se remitan nuevamente las preguntas», dijo el vicepresidente de la autoridad electoral, Francisco Vargas.

El miércoles 21 de agosto, Arce remitió al organismo electoral cuatro preguntas del referendo que se prevé se realice el 1 de diciembre, junto a los comicios judiciales, sobre el carácter de la reelección presidencial, la subvención de la gasolina, la subvención del diésel y la distribución de escaños en la Cámara de Diputados.

La primera consulta sobre la reelección continua o discontinua del presidente y vicepresidente del Estado es un asunto en el que Arce ha tenido diferencias con el líder del partido oficialista Movimiento al Socialismo (MAS), Evo Morales.

Las preguntas dos y tres se refieren al futuro de la subvención a la gasolina y al diésel, por lo que se pone a consideración de la gente si está de acuerdo en mantener la subvención a ambos combustibles, mencionando que esta tiene efectos negativos en la economía del país.

Mientras que la pregunta cuatro propone ampliar el número de integrantes de la Cámara de Diputados, que actualmente es de 130 legisladores, tomando en cuenta el censo de población que se realizó en marzo de este año y cuyos resultados deberían publicarse este mes.

«La pregunta uno solo cumple el criterio de imparcialidad y no cumple los criterios de claridad y precisión. Las preguntas dos y tres no cumplen los criterios de claridad, precisión e imparcialidad, por lo que se sugiere una nueva redacción», dijo Vargas.

En cuanto a la pregunta cuatro, señaló que no corresponde un referéndum por iniciativa presidencial, sino un referéndum constitucional aprobatorio convocado por iniciativa popular o a través de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP).

Vargas precisó que es necesario que el Ejecutivo, como promotor de la consulta, conozca, considere y analice el informe y decida si continúa con el proceso. El trámite para la realización del referendo debe aprobarse antes del 31 de agosto, ya que la ley establece que la convocatoria debe hacerse tres meses antes de su realización.


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