Columnistas

Las particularidades de las elecciones para vacantes en Cuba

Raudiel F. Peña Barrios/Latinoamérica21

En un hecho sin precedentes por su magnitud desde la creación de los órganos del Poder Popular, el Consejo Electoral Nacional (CEN) desarrolla elecciones para cubrir puestos vacantes. Estos procesos electorales se efectúan desde febrero de 2024 y su objetivo es elegir delegados a las asambleas municipales del Poder Popular (AMPP), debido a la renuncia de quienes ocupan esos cargos. La última noticia al respecto se publicó el 5 de mayo en la cuenta oficial del CEN en la red social X.

El procedimiento para cubrir las vacancias en las AMPP es muy sencillo y se establece en la Ley Electoral de 2019. Cuando se queda vacante un cargo de delegado a las asambleas municipales del Poder Popular, salvo que se produzca en los últimos seis meses de su mandato, es cubierto para el resto de este mediante elección. Los delegados a las AMPP actuales se eligieron en 2022 hasta 2027, por lo que aún resta más de un semestre de su mandato. Las asambleas del Poder Popular de cada municipio cubano se renuevan cada cinco años.

Estas o sus presidentes convocan a los electores de la correspondiente circunscripción para que elijan un nuevo delegado. Es responsabilidad del presidente de la AMPP informar al Consejo Electoral Municipal de su decisión, y éste designa a los miembros de la Comisión Electoral de Circunscripción (CEC) para que realice la elección. Además, dicho consejo debe solicitar a los responsables del registro electoral la lista de los electores que deben participar en la elección. Luego de efectuarse la actualización de la mencionada lista, la CEC procede a su publicación junto con las biografías y fotos de los candidatos.

A pesar de estas previsiones, los procedimientos de cobertura de los puestos vacantes ocurridos desde enero se caracterizan por su opacidad. En primer lugar, no existen, al menos no en formato digital y abierto al público, reportes de las asambleas que debieron efectuarse para nominar a los candidatos a delegados a las AMPP. Los miembros de la CEC actuantes en la asamblea de nominación de candidatos deben confeccionar un acta en un plazo de veinticuatro horas.

En este documento se debe informar sobre el lugar, fecha y hora en que se celebró la asamblea de nominación; los nombres y apellidos de los miembros de la CEC que participaron en ella; la cuantía de electores que integran el área de nominación y la cantidad de asistentes a la asamblea; y los candidatos propuestos. También se deben exponer en el acta los nombres y apellidos del candidato nominado, la constancia de que aceptó la nominación y las firmas de los miembros de la CEC. La opacidad de estos y otros datos vulnera el derecho de todas las personas a solicitar y recibir información veraz, objetiva y oportuna del Estado.

En segundo lugar, la organización de las votaciones ha sido aún más oscura. Casi no se han realizado campañas de prensa para solicitar la participación de los electores. Tampoco se dispone de información fidedigna y verificable sobre el cumplimiento del requisito legal de publicar las biografías de los candidatos con antelación. Por último, los reportes sobre el desarrollo de las elecciones para cubrir cargos vacantes en las AMPP se concentran en las redes sociales del CNE, pero no se aportan datos sobre sus resultados.

La organización Transparencia Electoral le envió una solicitud de información al CEN el pasado 29 de febrero. Su objetivo es que este órgano publique los datos relativos a la cantidad de cargos de delegados a las AMPP vacantes, en qué municipios y provincias se registraron estas vacancias, así como los motivos que alegaron los delegados salientes para renunciar a sus puestos. De igual forma, se solicitaron los datos relativos a la ejecución del procedimiento legal para cubrir los cargos vacantes.

Si bien es cierto que las irregularidades comentadas y la falta de información son dos problemas fundamentales de la cobertura de los cargos vacantes de las AMPP, la cuestión política principal es otra. El hecho de que estos procedimientos se expandan durante cuatro meses y la posibilidad real de que se prolonguen más, denota que las autoridades cubanas tienen que enfrentar la constante salida de los delegados municipales del Poder Popular. Es posible que esto ocurra por dos causas estrechamente relacionadas entre sí.

La primera es la migración de dichos delegados. El cargo de delegado municipal del Poder Popular no es asalariado y no suele generar beneficios económicos o de otro tipo, por lo que no existen muchos incentivos para desempeñar esa responsabilidad. Más bien representa una ocupación extra que afecta la gestión del tiempo personal y la solución de los problemas individuales. De ahí que salir del país es una opción para librarse de esa realidad.

La segunda es que los delegados a las AMPP tienen muy poca capacidad de solución de los problemas cotidianos de sus electores. No es atractivo funcionar como un mero gestor de las problemáticas locales ante las instancias administrativas y empresariales encargadas de su solución, cuando es notable la incapacidad estatal para proveer servicios básicos como la recogida de basura o el suministro de agua y electricidad.

El mejor ejemplo de esto es la suspensión por segunda vez de las asambleas de rendición de cuentas de los delegados municipales ante sus electores en enero de 2024. Estas asambleas se suspendieron en octubre de 2023. Por ello, es muy posible que veamos más noticias sobre la cobertura de cargos vacantes en las AMPP en los próximos meses. No parece que las autoridades sean capaces de solucionar el motivo fundamental que favorece el abandono de los cargos locales del Poder Popular: la crisis estructural del régimen político.

Raudiel F. Peña Barrios es Licenciado en Derecho 


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