La Defensoría del Pueblo identificó una serie de omisiones que supuestamente cometió la Fiscalía y el personal de salud que atendió al menor de 11 años que fue víctima de violación en Yapacaní y contagiado de VIH-SIDA.
“En la revisión de antecedentes de este caso, la Defensoría del Pueblo ha identificado una serie de omisiones en las que incurrieron servidoras y servidores públicos que conocieron la situación del niño que esta hoy en terapia intensiva”, establece un comunicado institucional de esa institución.
Una de las omisiones que identificó la Defensoría es que el personal médico que atendió a la víctima no denunció una posible situación de violencia, tampoco aplicaron los protocolos para establecimientos de salud de primer, segundo y tercer nivel. Omitiendo la realización de acciones inmediatas de prevención y diagnóstico de la violencia sexual así como pruebas para las ITS y VIH- SIDA en los plazos establecidos.
Otra de las observaciones data de octubre de 2021, luego de que el hermano del menor realizó la denuncia ante las autoridades.
“No se habría realizado los informes de trabajo social y psicológico forense requeridos por el fiscal, lo que implicaría omisión del deber legal de realizar los estudios científicos, técnicos y de laboratorio requeridos para la investigación del delito”, menciona el escrito.
Además, el 19 de abril de 2022, el Ministerio Público emitió la resolución de rechazo de la denuncia, fundamentando esta determinación en que la víctima y el denunciante no aportaron suficientes pruebas contra los supuestos autores; incurriendo en incumplimiento de su mandato constitucional de garantizar la prioridad del interés superior del niño, según informó la Razón.
En ese sentido, la Defensoría del Pueblo exige a las autoridades competentes que actúen en el marco de los principios rectores de la doctrina de la protección integral, a la luz de la Convención de los Derechos del Niño plasmada en la Constitución Política del Estado y el Código Niña, Niño y Adolescente, entre los que están los principios de debida diligencia e interés superior del niño.
/SVL