A seis años de la golpiza que sufrió el oso jucumari “Ajayu” en la comunidad de Komer Kocha municipio de Tiraque del departamento de Cochabamba, no se sancionó a los responsables, según informó este lunes, el abogado especialista en Gestión de Biodiversidad, Rodrigo Herrera Sánchez.
Asimismo, reconoció que uno de los problemas más recurrentes para dar con los responsables del tráfico o maltrato de animales silvestres, es que los comunarios esconden a los responsables o los camuflan.
“En el caso de Ajayu, la comunidad no dio información y escondió a los responsables. Esto es muy recurrente. Ya pasó tres veces que la comunidad no puede denunciar a los que cometen delitos, lo que impide dar con los responsables”, manifestó Herrera.
El 25 de enero de 2016, Ajayu fue rescatado luego de sufrir una brutal golpiza por comunarios de Komer Kocha, quienes justificaron su accionar acusándolo de haber intentado atacar a un niño.
En ese entonces, tenía desnutrición severa y la dentadura en muy mal estado. Pesaba 25 kilos, unos 40 menos de lo que debería pesar un oso macho de su edad (dos años aproximadamente) y tamaño. Había perdido la visión del ojo derecho y fue sometido a una intervención quirúrgica.
Herrera, recordó que los otros dos casos similares ocurrieron en el departamento de La Paz, en la provincia Inquisivi, en el que tampoco se encontró a los responsables del tráfico de dos osos jucumaris bebés.
Ante el problema, el abogado recomendó a las autoridades ir de pueblo en pueblo o comunidad tras comunidad para sensibilizar a la gente.
El jurista también declaró que se debe seguir con las acciones penales como establece la normativa, pese a las deficiencias que presenta el sistema penal en el país por la falta de policías, fiscales, el hacinamiento en cárceles y la levedad de las sanciones, entre otros.
NORMATIVA
La Constitución Política del Estado Plurinacional en su artículo 33 establece que las personas tienen derecho a un medio ambiente saludable, protegido y equilibrado.
Cuyo derecho debe permitir a los individuos y colectividades de las presentes y futuras generaciones, además de otros seres vivos, desarrollarse de manera normal y permanente.
Asimismo, en su artículo 383 indica: “(…) Se sancionará penalmente la tenencia, manejo y tráfico ilegal de especies de la biodiversidad”.
Por otro lado, el Código Penal en el artículo 223 establece una pena de cárcel de entre uno a seis años en este tipo de hechos.
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