La justicia decidió rechazar este miércoles el recurso que interpuso la defensa del exjuez Rafael Alcón contra su detención preventiva en la cárcel de San Pedro de la ciudad de La Paz, con esta decisión se confirmó que la exautoridad que autorizó la libertad del violador y asesino serial, Richard Choque, deberá permanecer seis meses recluido en el penal, mientras la Fiscalía realiza su investigación.
La audiencia de apelación se desarrolló de manera virtual este miércoles. El abogado de Alcón argumentó que su defendido padecía diabetes mellitus tipo 2 y que era una persona de la tercera edad. Además, al ser encarcelado estaba expuesto con otros privados de libertad y por ello su vida “corría” peligro.
Alcón está cumpliendo detención preventiva tras haber autorizado la libertad de al menos tres condenados a 30 años de cárcel sin derecho a indulto y asimismo fue destituido de su cargo como juez, según reportó Unitel.
El ministro de Justicia, Iván Lima, explicó que la medida de detención domiciliaria se aplica por razones humanitarias a personas que tienen una enfermedad por la que solo tienen 12 meses de vida y a personas mayores de 60 años.
Antecedentes
El exjuez Alcón fue aprehendido el 28 de enero de este año, acusado de irregularidades en la decisión de liberar de la cárcel a Richard Choque denominado el “psicópata sexual”.
Richard Choque fue sentenciado a 30 años de prisión sin derecho a indulto por los delitos de secuestro y asesinato el 12 de febrero de 2015, el exjuez benefició al privado de libertad con la “detención domiciliaria temporal por el tiempo de 18 meses”, pese a la existencia de una sentencia ejecutoriada.
Esta decisión fue asumida el 24 de diciembre de 2019, justificando que la Ley 2298 determina que “los condenados que padezcan una enfermedad incurable, en periodo terminal, cumplirán el resto de la condena en detención domiciliaria”, según reportó el diario El Deber.
Alcón citó un informe médico señalando que Richard Choque “padece varias enfermedades incurables como la diabetes”. Sin embargo, el mismo aclaró contradictoriamente que el sentenciado “no ha demostrado que estas enfermedades están presentes en un periodo terminal”.
/RXVCH/