“Planificado, ordenado, gradual, seguro y controlado”, son los cinco parámetros que establece el Decreto Supremo (DS) 4222, emitido recientemente por el Gobierno, para trasladar a personas de nacionalidad boliviana que quedaron en departamentos en los cuales no tienen residencia debido a la cuarentena por el coronavirus.
Para el traslado de connacionales deben seguirse cuatro pasos:
a) Las solicitudes de retorno, serán presentadas por los interesados del 21 al 27 de abril de 2020, al municipio donde se encuentren.
b) El municipio receptor de la solicitud, emitirá en un plazo de hasta setenta y dos (72) horas la autorización respectiva, adjuntando la evaluación médica sintomatológica del Covid-19 y remitirá al Ministerio de Gobierno la lista oficial.
c) El Ministerio de Gobierno, con la lista oficial, coordinará con el Ministerio de Salud para la aplicación del protocolo Covid-19 para viajes al interior del país.
d) Los Ministerios de Defensa y de Obras Públicas, Servicios y Vivienda gestionarán los medios de transporte que sean necesarios, el costo del traslado será asumido por el solicitante.
La normativa indica también que “los Servicios Departamentales de Salud – Sedes deben realizar el seguimiento y vigilancia epidemiológica a todas las personas trasladadas dentro de su jurisdicción, debiendo reportar el resultado de las acciones realizadas a los Ministerios de Salud y de Gobierno”.
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