Ficha informativa
Impuestos Nacionales eliminó la obligación de reportes fiscales al sector hotelero en Bolivia, facilitando la reactivación económica. Esta decisión se formalizó mediante la RND N° 102600000035 el 2 de septiembre de 2026.
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Contexto:
El 1 de diciembre de 2018, el SIN implementó por primera vez la reglamentación para el envío de información del sector hotelero. El 4 de noviembre de 2020, se actualizó esta normativa, estableciendo la obligación bimestral de reportar datos sobre huéspedes y servicios. La reciente RND N° 102600000035 abroga esta obligación tras evaluar la duplicidad de datos.
La medida reafirma el compromiso del SIN hacia una Administración Tributaria 3.0, eliminando trámites repetitivos y fomentando un entorno favorable para el desarrollo económico.
Por qué importa:
La eliminación del reporte bimestral reduce las obligaciones administrativas para las empresas hoteleras, permitiendo que se enfoquen en sus declaraciones tributarias mensuales. Esto busca facilitar la reactivación del sector turístico y reducir costos operativos.
Datos clave:
- RND N° 102600000035
- Fecha de emisión 2 de septiembre de 2026
- Último periodo obligatorio de reporte julio-agosto de 2026
- Exención total a partir del periodo septiembre-octubre de 2026
- RND N° anterior 102000000030 (emitida el 4 de noviembre de 2020)
Eliminación de obligaciones fiscales para el sector hotelero
En el marco de la política de simplificación de trámites y facilitación de las obligaciones fiscales, Impuestos Nacionales eliminó la obligación formal de enviar reportes periódicos de información adicional al sector de hotelería y hospedaje. Esta decisión, que busca aliviar la carga administrativa, se formalizó mediante la emisión de la Resolución Normativa de Directorio (RND) N° 102600000035, el 2 de septiembre de 2026.
Detalles sobre la nueva normativa
La normativa abroga la RND N° 102000000030, emitida el 4 de noviembre de 2020, respondiendo positivamente al pedido del sector hotelero sobre la eliminación de esta carga operativa. La RND N.º 102600000035 elimina de forma definitiva la obligación de enviar el reporte bimestral de información de hotelería u hospedaje.
La Resolución Normativa de Directorio (RND) N° 102600000035: elimina de forma definitiva la obligación de enviar el reporte bimestral de información de hotelería u hospedaje.
La Resolución Normativa de Directorio (RND) N° 102000000030: es el reglamento oficial que obligaba a todos los negocios de hospedaje a enviar información sobre sus huéspedes y operaciones.
Contexto histórico y cambios normativos
La RND N° 102000000030 era el reglamento oficial que obligaba a todos los negocios de hospedaje a enviar información sobre sus huéspedes y operaciones. La Administración Tributaria determinó, tras una rigurosa evaluación técnica y jurídica, que no resulta pertinente mantener vigente dicho requerimiento de información. Así, los contribuyentes podrán enfocar sus esfuerzos en el desarrollo de su actividad económica, informó el boletín informativo de Impuestos Nacionales.
Impacto en los establecimientos de hospedaje
Con la abrogación de esta norma, se libera a las empresas unipersonales y jurídicas que prestan servicios de alojamiento temporal en todo el país, incluyendo:
- Hoteles y apart-hoteles
- Hostales y residenciales
- Cabañas y refugios de vacaciones
- Otros establecimientos de hospedaje
Última presentación requerida
La RND N.º 102600000035 aclara que los contribuyentes alcanzados por la normativa abrogada deberán cumplir con el envío de la información únicamente por el periodo julio-agosto de 2026, como última presentación. A partir de los meses siguientes, quedarán totalmente eximidos de esta obligación formal.
Compromiso con la desburocratización
Además, la Administración Tributaria precisó que la eliminación de este reporte no limita las facultades de control, comprobación, verificación, fiscalización e investigación que le corresponden por ley. Con este tipo de medidas de desburocratización, Impuestos Nacionales reafirma su compromiso de avanzar hacia una Administración Tributaria 3.0. Esto incluye eliminar trámites repetitivos, reducir costos operativos para el contribuyente y fomentar un entorno favorable para la reactivación del sector turístico y de servicios en Bolivia.
Eventos previos relevantes
- 1 de diciembre de 2018: El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) implementó por primera vez la reglamentación para el envío de información del sector hotelero.
- 4 de noviembre de 2020: El SIN emitió un nuevo reglamento que actualizó las directrices de control, consolidando formalmente la obligación del envío bimestral.
Para el sector hotelero, esta decisión supone una reducción concreta de obligaciones administrativas en un momento en que las empresas vinculadas al turismo y los servicios buscan recuperar actividad y reducir sus costos operativos.
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