Ficha informativa
La Defensoría del Pueblo de Bolivia vigilará el Estado de Excepción declarado por el Decreto Supremo N° 5636, asegurando la protección de los derechos humanos y garantías constitucionales.
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Contexto:
La Defensoría del Pueblo se pronunció ante la emisión del Decreto Supremo N° 5636, recordando que el Estado de Excepción debe regirse bajo principios de legalidad, proporcionalidad, necesidad y temporalidad. La institución desplegará acciones de verificación y seguimiento a las medidas implementadas.
La Defensoría enfatizó que el Estado de Excepción no otorga un poder absoluto al Ejecutivo y convocó al diálogo y paz social entre los órganos del poder público y la sociedad.
Por qué importa:
La vigilancia activa de la Defensoría busca prevenir abusos de poder durante el Estado de Excepción, garantizando que no haya restricciones arbitrarias ni uso desproporcionado de la fuerza. Se espera un impacto en el respeto a los derechos humanos durante esta medida extraordinaria.
Datos clave:
- Fecha: 20 de junio de 2026
- Lugar: La Paz, Bolivia
- Número de decreto: Decreto Supremo N° 5636
- Artículos de la CPE: Arts. 218 y 222
- Número de ley: Ley N° 870
- Plazo para remitir declaratoria a la ALP: 72 horas
Defensoría del Pueblo vigilará Estado de Excepción en Bolivia
El 20 de junio, la Defensoría del Pueblo se pronunció ante la reciente emisión del Decreto Supremo N° 5636, que declara el estado de excepción en todo el territorio nacional. La institución anunció que activará un control y monitoreo permanente para garantizar que esta medida extraordinaria no derive en la vulneración de los derechos humanos ni de las garantías constitucionales de los ciudadanos.
Control y monitoreo de derechos humanos
A través de un comunicado oficial, el ente defensorial recordó al Órgano Ejecutivo y a la opinión pública que la aplicación de esta medida debe regirse de forma irrestricta bajo los principios de legalidad, proporcionalidad, necesidad y temporalidad. Haciendo uso de sus atribuciones constitucionales (Arts. 218 y 222 de la CPE y la Ley N° 870), la Defensoría del Pueblo anunció que desplegará acciones de verificación y seguimiento a cada una de las medidas que se implementen durante la vigencia del decreto.
Exhorto a las autoridades del Estado
Para cumplir con este propósito, la institución lanzó un exhorto directo a las autoridades del Estado, poniendo especial énfasis en las fuerzas de seguridad y del orden público:
- Facilidades para la labor defensorial: Se exige acceso oportuno a información, operativos e instalaciones.
- Apego a la ley: Se insta a actuar estrictamente bajo el marco de la CPE.
- Vía democrática: Se convoca tanto a los órganos del poder público como a la sociedad a priorizar el diálogo y la paz social.

Limitaciones del Estado de Excepción
En el marco de la normativa vigente, la Defensoría enfatizó que el Estado de Excepción no otorga un poder absoluto. Al respecto, recordó que el artículo 139 de la Constitución Política del Estado (CPE) obliga al Ejecutivo a remitir esta declaratoria a la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) en un plazo máximo de 72 horas para su consideración y aprobación, lo cual se constituye en una garantía esencial del orden democrático del país.
Postura firme contra abusos
“Ninguna medida asumida puede derivar en restricciones arbitrarias, uso desproporcionado de la fuerza, detenciones ilegales o afectaciones a la integridad personal”, señaló de forma categórica la institución, haciendo eco de los estándares nacionales e internacionales de protección. Con este pronunciamiento, la Defensoría marca una postura de vigilancia activa, dejando en claro que el estado de excepción debe ser una herramienta de preservación del orden, y nunca un cheque en blanco para el abuso de poder.
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