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Presidente Paz promulga ley exprés para elegir vocales del TSE en solo 15 días

Presidente Paz promulga ley exprés para elegir vocales del TSE/Captura de pantalla
Con organismos internacionales como observadores, se busca garantizar transparencia en el proceso exprés que conformará el nuevo Tribunal Supremo Electoral.

El Presidente Rodrigo Paz ha promulgado la Ley Transitoria para la Selección y Designación de Vocales del Tribunal Supremo Electoral (TSE). Esta nueva norma establece un proceso exprés de 15 días para elegir a los nuevos vocales, lo que responde a la necesidad urgente de renovar la Sala Plena del TSE antes del 19 de diciembre de 2025. La ley elimina la realización de exámenes orales y escritos, y promueve criterios de idoneidad, paridad de género e inclusión indígena en el proceso de selección.

La ley contempla un total de 12 fases que deben completarse en un solo día cada una. El cronograma diseñado para llevar a cabo este proceso en solo 2 semanas y media incluye varias etapas, tales como la publicación de la convocatoria, la presentación de postulantes, la verificación de requisitos habilitantes y la publicación de los postulantes habilitados e inhabilitados.

Además, se incluyen la presentación y resolución de impugnaciones, la notificación y publicación de habilitados para evaluación, la evaluación de méritos, conocimientos y probidad, la presentación y resolución del recurso de revisión, y finalmente, la aprobación y remisión del informe a la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP).

Urgencia en la renovación

La rapidez de este proceso se debe a la necesidad de renovar la Sala Plena del TSE antes de la fecha límite. Solo el cargo del vocal Gustavo Ávila dependerá de la designación directa del Presidente Paz, mientras que los 6 restantes deben ser elegidos por la ALP. Según el Artículo 32 de la ley, los postulantes deben obtener una nota igual o mayor a 70 puntos acumulados para avanzar a la etapa final.

Criterios de idoneidad

La ley establece criterios estrictos de idoneidad y promueve la paridad de género y la inclusión indígena. De los 6 vocales que se elegirán, al menos 2 deben ser representantes indígenas, originarios campesinos, y se requiere un mínimo de 3 mujeres. La norma también incluye una cláusula de excepción que dice: “Excepcionalmente, en caso de que no se garantice la presencia de al menos 2 representantes indígenas, originarios campesinos y/o de al menos 3 mujeres en la lista, se habilitará a la o el postulante que tenga la siguiente mejor calificación”.

Transparencia en el proceso

Se han establecido inhabilitaciones para quienes ya hayan ejercido como vocales, para aquellos que hayan organizado algún proceso electoral anteriormente, o para quienes tengan filiación política comprobada. Para asegurar una mayor transparencia en el proceso, se ha determinado que el Órgano Legislativo deberá invitar a representantes de organismos internacionales, como la Organización de Naciones Unidas (ONU), la Unión Europea (UE) y la Organización de Estados Americanos (OEA), para que sigan el proceso.

Tarea de la Comisión Mixta

La Comisión Mixta de Constitución ahora tiene la responsabilidad de revisar los requisitos generales y específicos, así como otros aspectos necesarios para que los interesados puedan postularse. Esto marca el inicio de una carrera contrarreloj hacia una nueva conformación del TSE.


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