La Cámara de Diputados de México aprobó el jueves 16 de octubre de 2025 un dictamen que modifica, añade y deroga diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS). Con esta reforma, se actualizan las cuotas que se aplican a refrescos, tabacos y se integran al gravamen sueros, bebidas saborizadas con edulcorantes, videojuegos con contenido violento y las apuestas, todo esto con miras a 2026.
El dictamen fue aprobado con 351 votos a favor, 129 en contra y una abstención. Esta reforma propone ajustar el pago de impuestos por la enajenación e importación de productos como tabacos labrados y otros que contengan nicotina. También se incluyen bebidas con edulcorantes añadidos, juegos de apuestas y sorteos, tanto en formato físico como electrónico, así como videojuegos con contenido violento, extremo o para adultos, que no son aptos para menores.
Aumento de impuestos
El impuesto que se aplica a los cigarros pasará de una tasa del 160 % a una del 200 %. Para los puros y otros tabacos labrados que se hagan completamente a mano, la tasa actual del 30.4 % aumentará al 32 %. Estas modificaciones buscan hacer menos accesibles estos productos y combatir el consumo de tabaco, con el objetivo de implementar políticas públicas que cambien los patrones de consumo en la población mexicana.
Cuotas a bebidas saborizadas
Asimismo, se ajustará la cuota específica por litro a las bebidas saborizadas, que pasará de 1.64 pesos en 2025 a 3.08 pesos en 2026. Esta misma cuota se aplicará a las bebidas saborizadas que contengan cualquier tipo de edulcorantes. Según el texto de la reforma, esto se hace “con el propósito de contar con políticas públicas para lograr cambios en los patrones de alimentación de la sociedad mexicana”.
Se considera que existe un “mercado heterogéneo” donde se ofrece “una amplia variedad de opciones de bebidas saborizadas”. La intención es hacer estos productos menos asequibles y contribuir a la “disminución de los niveles de prevalencia y obesidad en México”.
Definiciones y exenciones
La reforma también incluye una adecuación en la definición de bebidas saborizadas y añade un artículo que establece la definición de edulcorante, refiriéndose a las bebidas saborizadas con edulcorantes añadidos. Se aclara que los sueros orales que contengan sustancias como glucosa anhidra, cloruro de sodio, cloruro de potasio y citrato trisódico estarán exentos del pago del impuesto mencionado.
Compromiso de la industria refresquera
Horas antes de la aprobación, la industria mexicana de Coca-Cola se comprometió con el Gobierno de México a reducir en un 30 % las calorías de sus refrescos. Además, se acordó que las versiones sin azúcar sean más baratas que las regulares. Esta información fue compartida por Roberto Campa Cifrián, director de Asuntos Corporativos de FEMSA.
Este compromiso forma parte de un acuerdo con autoridades federales para combatir el consumo excesivo de azúcar entre la población, en el contexto de la propuesta legislativa que busca aumentar los impuestos a este tipo de bebidas.
Contexto de salud pública
El anuncio se produjo en un momento en que organizaciones de salud pública han exigido mayores restricciones a la industria de bebidas azucaradas. Esto ocurre a pesar de la implementación de un impuesto especial desde 2014 y del etiquetado frontal de advertencia que está vigente desde 2020.
Durante su conferencia de prensa matutina, la presidenta de México, Claudia Sheinbaum, adelantó que la industria refresquera había llegado a un acuerdo con el Gobierno para hacer sus bebidas menos dañinas. México es uno de los mayores consumidores de refrescos del mundo, con un promedio de 166 litros por persona al año, según datos oficiales.
El consumo de bebidas azucaradas está relacionado con la alta prevalencia de obesidad y diabetes tipo 2, que son las principales causas de muerte en el país.