El lunes 18 de agosto, el tribunal que lleva el caso Senkata realizará una audiencia para definir un incidente presentado por la defensa de Jeanine Añez. Esta exmandataria está acusada por los hechos ocurridos en noviembre de 2019, cuando 10 personas perdieron la vida durante un operativo militar y policial cerca de la planta de Senkata.
David Inca, quien representa a las víctimas, subrayó la relevancia de este evento y anticipó que habrá un debate importante sobre la posible anulación del juicio ordinario contra Añez.
Incidente de la defensa
La defensa de Añez ha presentado un incidente basado en el caso de Leopoldo Fernández. Este último tuvo su juicio penal por el caso Porvenir anulado por el Tribunal Supremo de Justicia, que consideró que le correspondía un juicio de responsabilidades como exprefecto. Si el tribunal del caso Senkata acepta que Jeanine Añez debe ser juzgada bajo el mismo criterio que Leopoldo Fernández, la expresidente sería apartada del juicio ordinario.
Consideraciones del tribunal
Inca aclaró que el tribunal no solo deberá considerar el caso de Leopoldo Fernández, sino también el hecho de que Añez ya fue sentenciada en otro proceso ordinario, conocido como Golpe II. El activista opina que esta controversia se resolverá, en última instancia, en el Tribunal Constitucional.
Posibles consecuencias
“Bueno pues, el lunes se determinará, pero en todo caso si apartan a la señora Añez, el caso Senkata no se anula. Este continuará con los comandantes del Ejército y la Policía, así como con los civiles, ya que ellos no gozan de juicio de responsabilidades y no tienen ese privilegio”, aclaró Inca.
Contexto del caso
Añez enfrenta acusaciones en este caso por los eventos de noviembre de 2019, cuando 10 personas fallecieron en un operativo militar y policial que buscaba liberar combustible de la planta de Senkata, donde había un bloqueo en contra de su gobierno. Desde el inicio, Añez ha sostenido que le corresponde un juicio de responsabilidades debido a su rol como presidenta del Estado. Esto significa que un juzgamiento debe ser autorizado por dos tercios de la Asamblea.
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