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La Aduana permite ingresar hasta 50 mil dólares a sola declaración

Billetes de cien dólares / EFE Archivo
Desde el 3 de julio de 2025, los viajeros pueden declarar hasta 50 mil dólares al ingresar a Bolivia, ampliando el límite anterior.

La Aduana Nacional de Bolivia (ANB) ha puesto en marcha un nuevo reglamento desde el 3 de julio de 2025. Este reglamento permite a los viajeros ingresar hasta 50.000 dólares estadounidenses a solo declaración. Esta medida se implementa en cumplimiento del Decreto Supremo 5404, que fue emitido el 23 de mayo de 2025, y amplía el límite anterior de 20.000 dólares.

Este cambio forma parte de más de 10 medidas que buscan enfrentar la especulación, asegurar el abastecimiento y proteger la economía de las familias bolivianas.

Antes de la entrada en vigor del Decreto Supremo 5404, los ciudadanos bolivianos solo podían ingresar un máximo de 20.000 dólares estadounidenses o su equivalente en otras monedas. Para cantidades superiores a esta cifra, era necesario realizar la operación a través de entidades financieras reguladas por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI).

Nuevo reglamento de la aduana

Para implementar esta medida, la Aduana Nacional emitió la Resolución de Directorio N° RD 01-044-25 el 27 de junio de 2025. Esta resolución aprueba el Reglamento para el Régimen de Viajeros y Control de Divisas, que está vigente desde el 3 de julio de 2025. Este reglamento incluye el contenido del Decreto Supremo 5404, que establece el nuevo umbral para el ingreso físico de divisas.

La norma indica que la internación física de divisas al país, por montos entre 10.000 y 50.000 dólares estadounidenses, o su equivalente en otra divisa, debe ser declarada por el viajero internacional utilizando el Formulario 250 de la Aduana Nacional.

Requisitos para montos superiores

Además, se especifica que las personas que necesiten ingresar montos superiores a 50.000 dólares estadounidenses, o que deseen salir con montos superiores a 20.000 dólares estadounidenses, deben realizar estas operaciones a través de entidades financieras o empresas de giros y remesas autorizadas por la ASFI.

El Formulario 250 debe ser completado por el viajero internacional de manera digital. Este formulario puede ser llenado utilizando códigos QR que se encuentran en los aeropuertos internacionales y en las áreas de control integrado en las fronteras. También está disponible en el sitio web oficial www.aduana.gob.bo y en la aplicación móvil ANVIAJERO.

Cambio en el registro de información

En el pasado, cuando el formulario se completaba manualmente y los montos eran inferiores al límite establecido, no se registraba toda la información en el sistema informático. Sin embargo, ahora que el registro digital es obligatorio, se cuenta con información completa sobre todos los viajeros que ingresan o salen del país.


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