
Por: José Mateo Gambarte Flores
“Dicen que los hombres no deben llorar”, reza una conocida canción. Pero es solo una ligera canción y la dura realidad es otra. Vemos éstos días en noticieros y redes sociales a un joven con el rostro lloroso y compungido siendo liberado luego de nueve años de injusta detención por algo que nunca cometió. Y ver esas lagrimas nos duele a todos. Nos duele, nos apena y nos indigna.
Sabemos que la justicia humana es imperfecta; acaso solo el rey Salomon, muy sabio por designio de Dios, supo administrar buena justicia. Pero la justicia boliviana debe estar entre las peores del planeta y siempre con visos de corrupción, además.
Resulta indignante que quienes debian administrar justicia no lo hayan hecho. ¿Que pasó con los policias investigadores?, no supieron investigar nada, ¿supieron realizar minucioso trabajo Científico, Técnico y Forense ?, ¿Quiénes investigaronn?, ¿los subalternos suboficiales o los oficiales?, o ¿no estan preparados para esas rutinas?.
Y ¿los abogados?, aquellos que defienden de oficio, ¿supieron hacer su trabajo?, o ¿solo cobraronn por labor inexistente?. Y ¿los jueces?, ¿qué elementos analizaron?, ¿qué indicios valoraron?, ¿tenían sentido comun?, que esto parece ser el menos común de los sentidos entre ellos.
Me estremece y aterra pensar la clase de gente compone los Tribunales de provincias. Fue un Tribunal de sentencia de la provincia Nor Cinti que condeno al joven Richard Mamani. Tal vez si su caso era llevado a un Tribunal de ciudad capital, ¿ la suerte hubiera sido otra?. Tengo mis dudas porque como “ en todo lado se cuecen habas”, el vivir en una ciudad capital tampoco garantiza probidad, en consecuencia la justicia es asi nomas en el país del desastre.
LEY 348
Esta ley parece ser la causa de tanta injusticia, porque lo de Richard Mamani solo es una muestra. ¿Cuántos casos similares existiran?. ¿Cuántos hombres estarán languideciendo en las cárceles siendo inocentes? .Menudo trabajo le aguarda al Defensor del Pueblo, don Pedro Calizaya.
Es una ley sin sentido común o con muy poco de el. Supuestamente es para garantizar una vida libre de violencia a las mujeres, pero… ¿ no es violencia sicológica, emocional y social lo hecho al joven Richard?. La injusta condena tuvo un impacto social a la integridad física y psiquica del joven. Cómo es posible condenar a simple denuncia verbal, sin careos, sin investigación profunda, sin investigacion científica, sin valoraciones forenses, sin colectar pruebas fehacientes y solo basandose en conjeturas? . Draconiana ley por donde se la mire o lea.
RESARCIMIENTO
Si éste hecho hubiera ocurrido en el país del norte, por ejemplo, la victima sería indemnizada con millonaria suma por el error de los jueces. En Bolivia, acaso el asunto se quede ahí.
Richard tiene derecho al pago de daños y perjuicios. El Articulo 113, numeral 1 de la Constitución establece el derecho. El Articulo 95 del Código Penal establece indemnización para personas inocentes. ¿Ocurrirá?, por el bien de Richard, ojalá. Pero ¿por qué complicados vericuetos juridicos tendrá que recorrer previamente?. ¿el proceso será corto o demandará años luz?. Dada nuestra justicia, el pesimismo nos embarga, pero por Richard Mamani seamos optimistas.
CONFIANZA NI EN MI CAMISA
Lo dijo don Mariano Melgarejo, y acaso fue un acierto del ex presidente.
Llama la atención que la denunciante haya sido la hermana menor de Richard, aleccionada y presionada por la hermana mayor. Un remordimiento conciencial hizo que luego de más de ocho años (siendo ahora mayor) la hermana reconozca la mentira. ¿Habrá alguna sanción a la hermana mayor?. Pues es ella la autora intelectual de la mentirosa acusación que sumió al hermano a nueve años de cárcel.
Esta sería la oportunidad para que nuestra alicaída justicia se reivindique, por lo menos medianamente. Aguardemos.
(*) Comunicador Social