El Gobierno nacional ha oficializado la reforma migratoria a través del Decreto 366/2025, que introduce modificaciones significativas en aspectos como el ingreso, la permanencia, el acceso a servicios públicos, la naturalización y la deportación de extranjeros. Esta medida fue impulsada por el presidente Javier Milei y se publicó en el Boletín Oficial.
Durante su discurso de apertura de sesiones legislativas, el presidente Milei había anticipado: “Si queremos ser un país serio, también debemos llevar a cabo una reforma migratoria”. Con esta normativa, el Ejecutivo avanza en la implementación de esta propuesta.
Acceso a la educación
Los extranjeros que cuenten con residencia temporaria podrán seguir accediendo a la educación inicial, primaria y secundaria, tanto en instituciones públicas como privadas, incluso si su situación migratoria es irregular. Sin embargo, en el nivel superior, las universidades estatales tendrán la opción de cobrar aranceles por los servicios educativos. También se contempla la posibilidad de acceder a becas, ya sea otorgadas por universidades, otros estados u organismos internacionales.
Seguro de salud obligatorio
Uno de los aspectos más relevantes de la reforma es que los residentes temporarios deberán tener un seguro de salud. La falta de cobertura médica será un motivo suficiente para negar el ingreso al país. Sin embargo, el nuevo artículo 8 de la Ley de Migraciones N° 25.871 aclara que “en casos de emergencia, no podrá negarse ni restringirse la atención sanitaria a ningún extranjero, sin importar su situación migratoria”. Esta disposición aplica exclusivamente a la atención médica de urgencia.
Ciudadanía argentina
Los extranjeros mayores de 18 años que hayan residido en Argentina durante al menos 2 años continuos podrán solicitar la ciudadanía argentina, siempre que demuestren su residencia y expresen su voluntad ante la Dirección Nacional de Migraciones. Además, aquellos que realicen una inversión significativa en el país podrán naturalizarse sin cumplir el plazo de residencia, aunque el Ministerio de Economía evaluará si la inversión fue relevante.
Requisitos de ingreso
Para ingresar a Argentina, los extranjeros deberán hacerlo por pasos habilitados (terrestres, marítimos, fluviales o aéreos), presentar una declaración jurada de motivos de ingreso y contar con un seguro médico. También se establecen prohibiciones de ingreso para quienes hayan cometido delitos dolosos contra la vida, la integridad sexual o el orden constitucional; presenten documentación falsa o incompleta; tengan antecedentes penales no informados; sean sospechosos de desvirtuar el motivo de ingreso; estén en listas de restricción de ingreso; o promuevan o faciliten el ingreso ilegal de otras personas.
Condiciones de deportación
La Dirección Nacional de Migraciones podrá aplicar una prohibición de ingreso mínima de 5 años, ampliable según la gravedad de la falta. La nueva normativa endurece las condiciones de deportación para extranjeros que hayan cometido delitos dentro o fuera del país. Aquellos con residencia permanente podrán perderla si cometen delitos dolosos; se ausentan del país durante más de 1 año; ingresan sin pasar por controles migratorios; o incumplen los requisitos de permanencia. Para los residentes temporarios, el límite de ausencia permitido será de 6 meses.
Las autoridades podrán ordenar la expulsión de cualquier persona que incurra en irregularidades como desnaturalización de motivos de ingreso, omisión de datos o violación de los plazos permitidos de estadía. Además, se permitirá solicitar una orden de retención preventiva mientras se completa el procedimiento.