Funcionarios del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) notificaron oficialmente al Tribunal Supremo Electoral (TSE) con la sentencia constitucional 007/2025. Este documento establece que la reelección indefinida, ya sea continua o discontinua, no se considera un derecho humano.
La entrega de la notificación se llevó a cabo este viernes 16 de mayo de 2025, en las oficinas del TSE en La Paz. Este fallo sienta un precedente importante sobre los límites de la reelección presidencial en Bolivia.
Fallo en medio de elecciones
La sentencia fue emitida en un contexto donde el expresidente Evo Morales tiene la intención de postularse nuevamente en los comicios generales programados para el 17 de agosto de 2025. Con esta decisión, se ratifica su inhabilitación para participar en el proceso electoral.
Posición del TSE
Desde el TSE, el vocal Francisco Vargas indicó anteriormente que es fundamental analizar el contenido completo de la sentencia para poder emitir una posición institucional adecuada. Este análisis es crucial para entender las implicaciones del fallo.
Vargas remarcó que el TSE es la única instancia que posee la facultad constitucional y legal para definir la situación de las candidaturas en un proceso electoral. Según lo estipulado por la Constitución, la función electoral es indelegable y exclusiva de este órgano.
Expectativa sobre la postura oficial
En este sentido, se espera que la Sala Plena del TSE emita una postura oficial una vez que haya analizado en detalle el contenido de la sentencia. Este análisis determinará cómo se procederá con respecto a las candidaturas en las próximas elecciones.
LDVY