El Frente Para la Victoria (FPV) ha presentado una Acción de Libertad ante la Sala Penal Séptima del Tribunal Departamental de Justicia. Esta acción es en contra de los vocales del Tribunal Supremo Electoral (TSE) y busca garantizar su derecho a participar en las elecciones generales programadas para el 17 de agosto de 2025. Además, la organización política ha solicitado una medida cautelar que paralice el proceso electoral mientras se resuelve la demanda.
Eliseo Rodríguez, el máximo dirigente del FPV, ha denunciado que la cancelación de la personería jurídica del partido no tiene sustento legal y ha generado una persecución indebida en su contra. Su abogado, Wilmer Vásquez, ha advertido que esta situación pone en riesgo la salud, libertad y vida de Rodríguez. “Esta persecución afecta no solo sus derechos políticos, sino también su integridad física y emocional”, ha señalado Vásquez.
Petición ante la justicia
En el petitorio presentado ante la justicia, el FPV solicita que se conceda la tutela solicitada, se declare procedente la Acción de Libertad y se ordene al TSE cesar de manera inmediata cualquier tipo de persecución. También piden que se anule la resolución que dispuso la pérdida de su personería jurídica, la cual fue emitida sin una sentencia ejecutoriada en la justicia ordinaria y desconociendo la Sentencia Constitucional 113/2021, promovida por el propio órgano electoral.
Impacto en las candidaturas
El FPV ha denunciado que la cancelación de su personería ha provocado la pérdida de candidaturas en todo el país, afectando su estructura electoral y su capacidad de participar en las elecciones del 17 de agosto de 2025. “Pedimos que se paralicen las elecciones a nivel nacional si no se nos permite participar”, reiteró el abogado del partido. Además, anticipó que presentarán una denuncia penal contra los vocales del TSE por incumplimiento de deberes y por vulnerar los derechos políticos del FPV.
Defensa del TSE
Por su parte, el vocal del TSE, Gustavo Ávila, ha defendido la decisión del órgano electoral, afirmando que se actuó conforme a la ley. Explicó que el inciso b) del artículo 58 de la Ley 1096 de Organizaciones Políticas establece que los partidos deben obtener al menos el 3% de la votación para conservar su personería jurídica, una condición que ni el FPV ni Pan-Bol cumplieron en las elecciones generales de 2020.
Resolución del TSE
La sala plena del TSE resolvió el pasado 7 de mayo de 2025, a raíz de una denuncia presentada el 13 de marzo de 2025 por Peter Erlwein Beckhauser, que ambas organizaciones políticas quedan inhabilitadas para participar en los comicios. El FPV califica esta medida como arbitraria y desproporcionada.