La Fiscalía ha interpuesto un recurso ante el Tribunal Supremo en respuesta a la absolución del futbolista Dani Alves. Este recurso se basa en la afirmación de que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha interpretado de manera incorrecta una prueba biológica fundamental en el caso.
El fiscal del Supremo, Fidel Cadena, argumenta que el TSJC ha malinterpretado una prueba biológica al indicar que la denunciante tenía restos de semen, específicamente esmegma, de Alves en la boca. Esta afirmación contradice lo que la joven declaró, quien afirmó que no realizó ninguna felación al futbolista.
Conclusiones del Ministerio Público
Para el Ministerio Público, la conclusión del TSJC es errónea. Según ellos, los informes periciales “dejan claro” que la presencia de ADN del acusado en la boca de la joven “puede deberse a besos, bebida compartida o contacto con células epiteliales distintas del pene”.
Valoración de la prueba
El fiscal sostiene que “la valoración de la prueba pericial, la anulación de la fiabilidad del testigo” y la introducción de la hipótesis de la felación “contra cualquier principio científico” es “completamente arbitraria y cruel para la joven”. Esto, según el fiscal, condena moralmente a la denunciante y la convierte en una persona no fiable.