El Tribunal Supremo Electoral (TSE) ha aprobado el Reglamento para el Trámite de Registro y Extinción de Alianzas para las Elecciones Generales 2025. Esta normativa establece que el plazo límite para que las alianzas políticas se registren ante el Órgano Electoral es el 18 de abril de 2025.
Gustavo Ávila, vocal del Tribunal Supremo Electoral, explicó que este reglamento será de gran utilidad para las organizaciones políticas. En él se especifican los requisitos que deben presentar y el procedimiento para llevar a cabo las alianzas. Además, se ha notificado a las organizaciones políticas con el objetivo de que cumplan con estas disposiciones antes del 18 de abril de 2025.
Tipos de alianzas permitidas
Ávila también mencionó que el reglamento reafirma la posibilidad de que existan alianzas entre partidos políticos, así como entre agrupaciones ciudadanas. Se permite una alianza por departamento o combinaciones entre partidos y agrupaciones ciudadanas. Esta normativa fue aprobada el 25 de marzo de 2025.
El reglamento establece que podrán conformar alianzas los partidos políticos y las agrupaciones ciudadanas que cuenten con la personalidad jurídica y el registro vigente en el TSE y en los Tribunales Electorales Departamentales.

Requisitos para el registro
Asimismo, el reglamento precisa que las alianzas pueden ser formadas por dos o más organizaciones políticas, siempre que al menos una de ellas sea un partido político de alcance nacional. Alternativamente, se pueden conformar alianzas con un mínimo de 9 agrupaciones ciudadanas de alcance departamental, una por cada departamento del país.
La solicitud de registro debe ser presentada ante el TSE. Además, la alianza deberá designar a un delegado político titular y a otro suplente para realizar todas las gestiones necesarias en nombre de la alianza.
Aprobación del reglamento
El Reglamento para el Trámite de Registro y Extinción de Alianzas para las Elecciones Generales fue aprobado mediante la Resolución TSE-RSP-ADM Nº 0160/2025.
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