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Elecciones judiciales: sanciones económicas para quienes incumplan deber cívico este 15 de diciembre

El reglamento establece sanciones severas por incumplimientos durante el proceso electoral / El Deber
Este domingo, 15 de diciembre, los votantes y jurados electorales deben cumplir sus deberes cívicos o arriesgar sanciones económicas que van de Bs 125 a Bs 1.500, según el reglamento electoral.

Este domingo 15 de diciembre, los ciudadanos bolivianos se preparan para participar en las elecciones judiciales parciales. En estas elecciones, se elegirán a las altas autoridades del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP). Es importante que tanto los votantes como los jurados electorales cumplan con su deber cívico, ya que de no hacerlo, podrían enfrentar sanciones económicas que van desde 125 Bs hasta 1.500 Bs, dependiendo de la gravedad de las faltas cometidas durante el proceso electoral.

Reglamento de faltas y sanciones

El reglamento de faltas y sanciones para las elecciones judiciales establece una serie de multas que se aplicarán a ciudadanos y jurados electorales que realicen acciones no permitidas durante el proceso. Las sanciones económicas varían según la falta cometida, con un rango que va del 5 % al 60 % de un salario mínimo. Las faltas se clasifican en leves, graves y muy graves, cada una con sus respectivas sanciones.

En el capítulo I del reglamento se mencionan seis faltas leves, cuatro graves y tres muy graves. Entre las faltas leves se incluyen la inasistencia injustificada a las Juntas de Jurados y la negativa a ayudar a personas con necesidades especiales para que puedan votar. Las faltas graves abarcan la negativa a firmar el acta electoral sin una justificación legal y presentarse en estado de ebriedad en el recinto electoral.

Faltas muy graves

Las faltas muy graves para los jurados electorales incluyen la negativa a consignar los resultados en el acta electoral y permitir que los delegados accedan para capturar imágenes del acta. Estas infracciones pueden resultar en multas significativas y, en algunos casos, arresto. Además, el artículo 21 del reglamento establece sanciones para cualquier persona natural que esté involucrada en el proceso electoral.

No votar o no exhibir el certificado de sufragio se considera una falta leve, lo que puede llevar a restricciones en trámites públicos durante 90 días si no se paga la multa correspondiente. Otras faltas leves incluyen el incumplimiento de resoluciones electorales y circular sin permiso en vehículos motorizados.

Multas por faltas graves

Las faltas graves tienen multas que oscilan entre 525 Bs y 875 Bs e incluyen acciones que violen el secreto del voto o inciten a manifestaciones cerca de las mesas de sufragio. Por otro lado, las faltas muy graves implican vender bebidas alcohólicas durante los plazos prohibidos o portar armas el día de la elección, lo que también puede resultar en remisión al Ministerio Público.

El incumplimiento de estas normativas puede acarrear consecuencias administrativas e incluso procesos penales para quienes no respeten las disposiciones establecidas por el reglamento electoral. Es fundamental que todos los participantes en el proceso electoral sean conscientes de las reglas y las sanciones para garantizar un desarrollo adecuado de las elecciones.


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