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Gobierno de Perú pretende calificar delitos de extorsión y sicariato como «terrorismo urbano»

Vista de archivo del interior del Congreso de Perú. EFE/ Paolo Aguilar
El Gobierno de Perú presentó este jueves un nuevo proyecto de ley que clasifica como "terrorismo urbano" los delitos de extorsión, secuestro y sicariato.

El Gobierno de Perú presentó este jueves un nuevo proyecto de ley que clasifica como «terrorismo urbano» los delitos de extorsión, secuestro y sicariato. Esta iniciativa surge como respuesta a la creciente ola de criminalidad que ha sido denunciada por transportistas y diversos gremios empresariales.

Modificaciones al Código Penal

El proyecto de ley incluye modificaciones a varios artículos del Código Penal con el objetivo de fortalecer las acciones en la lucha contra la inseguridad ciudadana. Entre las propuestas se encuentra un endurecimiento de las penas, que podría incluir la cadena perpetua para aquellos que cometan estos delitos si pertenecen a las Fuerzas Armadas o a la Policía Nacional.

El Ejecutivo peruano había anticipado el envío de este proyecto al Legislativo hace una semana, coincidiendo con un paro realizado por el gremio de transportistas en Lima, quienes protestaban contra la ola de extorsión que afecta a su sector.

Definición de terrorismo urbano

El documento legislativo, que lleva la firma de la presidente Dina Boluarte, deberá ser debatido y votado en el Parlamento. Este define el terrorismo urbano como la conducta que consiste en «actos que generen terror o zozobra en la población o en un sector de ella», a través de delitos como el sicariato, la conspiración, el ofrecimiento para sicariato y la extorsión.

Propuestas de penas severas

Para abordar esta problemática, se propone la incorporación del artículo 315-C en el Código Penal, que establece que la pena privativa de libertad para estos delitos no será menor de 30 años. En caso de que los delincuentes pertenezcan a las Fuerzas Armadas o a la Policía, la pena será cadena perpetua. Esto se aplicará también si se utiliza armamento, material de guerra o explosivos, o si se emplean armas que pertenecen a las Fuerzas Armadas o a la Policía.

Además, se contempla que si se utilizan menores de edad o personas inimputables para cometer estos delitos, la pena también será cadena perpetua.

Extorsión y sicariato

El proyecto también plantea modificar el artículo 200 del Código Penal, de manera que quien cometa extorsión reciba una pena de cárcel que oscile entre 15 y 20 años. En el caso del sicariato, se establece que «quien mate a otro por orden, encargo o acuerdo con el propósito de obtener para sí o para otro un beneficio económico o de cualquier otra índole será reprimido con una pena privativa de libertad no menor de 30 años e inhabilitación».

Asimismo, se prevé que la pena sea cadena perpetua si se utiliza un menor de edad o a otra persona inimputable, si se da orden a una organización criminal, si se emplean armas de guerra, si las víctimas son dos o más personas, o si en la ejecución intervienen dos o más personas.

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