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Organizaciones políticas deben renovar sus directivas hasta el 5 de septiembre obligatoriamente

El frontis del Tribunal Supremo Electoral, en La Paz / Archivo La Razón
El Tribunal Supremo Electoral establece fecha límite para que los partidos políticos renueven sus directivas previo a las elecciones generales del 2025. ¡Entérate de todos los detalles!

Tras la suspensión de las elecciones primarias y con miras a las elecciones generales de 2025, los 11 partidos políticos del país deben renovar sus directivas hasta el 5 de septiembre, según lo establecido por el Órgano Electoral.

«En esta quinta ampliación, hemos dado un plazo para que puedan renovar sí o sí hasta el próximo 5 de septiembre sus directivas», declaró este sábado 17 de agosto el vocal del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Tahuichi Quispe.

La autoridad advirtió que dicho plazo debe ser cumplido sin excusas, y aquellos que no cumplan estarán sujetos a las sanciones estipuladas en el artículo 58 de la Ley 1096.

Elecciones generales de 2020 / Archivo: La Razón

Avance en la renovación de directivas

En ese marco, el funcionario detalló que, de los 11 partidos políticos de alcance nacional, solo seis cumplieron con la renovación de sus directivas, mientras que los otros cinco restantes aún no lo hicieron, a pesar de la proximidad de las elecciones presidenciales.

Participación de organizaciones sociales

Por otro lado, Quispe mencionó que las organizaciones sociales también pueden participar en las elecciones nacionales con sus propios candidatos, siempre que cumplan con cinco requisitos establecidos en el artículo 209 de la Constitución Política del Estado (CPE).

Un Congreso Ordinario de la Confederación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia / Archivo: APC.

Excepciones para las organizaciones indígenas

Explicó que, por ejemplo, la Confederación Sindical Única de Campesinos de Bolivia (Csutcb) no necesita de ningún partido político para postular a su candidato presidencial, vicepresidencial, así como a diputados y senadores. Lo mismo aplica para las Bartolinas.

Añadió que el trato hacia estas organizaciones sociales es distinto al de los partidos políticos y agrupaciones ciudadanas que cuentan con militancia.

De acuerdo con lo establecido por el Órgano Electoral, los requisitos para que una organización indígena pueda postular a su candidato incluyen: nombre, sigla y colores; estatuto orgánico; personería jurídica; acta de voluntad para participar en el proceso electoral; y su propuesta de gobierno.


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