La Aduana Nacional de Bolivia ha implementado medidas para facilitar el comercio y agilizar los procesos aduaneros. A través de la Resolución de Directorio RD-01-061-24, se otorga a los comerciantes un plazo de 24 horas para presentar la documentación faltante en los Puntos de Inspección Aduanera (PIA).
Con el objetivo de facilitar el traslado interno de mercancías a los importadores, se ha implementado el Formulario de Traslado Parcial de Mercancía Nacionalizada. Esta medida busca mejorar la eficiencia en los procesos aduaneros y evitar perjuicios innecesarios.
Evitando perjuicios innecesarios
La Aduana Nacional ha considerado evitar perjuicios innecesarios al comercio. En muchos casos, se ha encontrado que el comiso de mercancías se realizó sin tener en cuenta que los documentos necesarios podrían estar disponibles pero fueron olvidados por descuido del comerciante. Por ello, ahora se permite un plazo de 24 horas después de la intervención para que los comerciantes presenten los documentos que respalden la legalidad de sus mercancías y así evitar procesos innecesarios.
Regulación del comiso de mercancías
La Aduana ha aprobado el Reglamento de Contrabando Contravencional, versión 2, que regula que los PIA deben esperar el plazo otorgado antes de emitir el Acta de Comiso. Esto permite a los comerciantes regularizar su situación y recuperar sus mercancías en el mismo punto PIA en caso de no haber presentado la documentación en el momento de la intervención.
Plazo para presentar documentación de respaldo
Según lo establecido en el Reglamento, se puede presentar documentación de respaldo hasta 24 horas después de la intervención en los PIA, siempre y cuando se registre la solicitud en el Formulario de Retención de Mercancías (FRM). Los importadores deben portar la Declaración de Importación de Mercancías (DIM), la cual puede presentarse en formato físico o digital.
Traslado interprovincial e interdepartamental
El traslado interprovincial e interdepartamental de mercancías nacionalizadas se autoriza mediante el Formulario de Traslado Parcial de Mercancía Nacionalizada (FTPMN). Es importante que las mercancías vayan acompañadas por la factura de compra verificable con información del Servicio de Impuestos Nacionales para evitar comisos.
Cabe mencionar que ciertos tipos de mercancías no están sujetas a comiso. Esto incluye aquellas en tránsito aduanero autorizado con Manifiesto Internacional de Carga y código QR, así como las mercancías nacionales o productos alimenticios respaldados por Guía de Movimiento Animal o Vegetal autorizada por el Senasag. Además, las mercancías provenientes de micro y pequeñas empresas respaldadas por su registro o por el Formulario de Tránsito Interno otorgado por Pro Bolivia también quedan exentas.