En un operativo realizado por el Grupo de Reacción Inmediata Aduanera (GRIA) se decomisaron mercancías de contrabando valuadas en Bs. 1.062.760,3. Entre los artículos incautados se encontraban 43,6 toneladas de harina de trigo, 12 toneladas de azúcar marca Arcos, dos camionetas indocumentadas y 3,3 toneladas de ropa usada.
El Grupo de Reacción Inmediata Aduanera (GRIA) llevó a cabo un operativo en los tramos Villazón – Tupiza y Tupiza – Atocha, Potosí, donde se decomisaron mercancías de contrabando valuadas en Bs. 1.062.760,3. Durante la acción, se incautaron 43,6 toneladas de harina de trigo, 12 toneladas de azúcar marca Arcos, dos camionetas indocumentadas y 3,3 toneladas de ropa usada.
Modificación del Reglamento de Contrabando Contravencional
El Reglamento de Contrabando Contravencional fue modificado recientemente con la Resolución de Directorio (RD) 01-061-24 del 20 de junio de 2024. Esta norma establece en su artículo 13 el traslado interno de mercancías nacionalizadas a través del llenado del Formulario de Traslado Parcial de Mercancía Nacionalizada, que debe ser registrado y presentado por el importador o transportador.
Exclusión del comiso de mercancías en tránsito aduanero
La misma RD dispone en su artículo 18 la exclusión del comiso de mercancías en tránsito aduanero para no entorpecer la actividad del transportador internacional, siempre que cuente con el Manifiesto Internacional de Carga y el código QR para verificación del tránsito. Además, el artículo 19 de la aplicación sobre zonas fronterizas admite el libre tránsito de mercancías conforme a Tratados y Convenios Internacionales.
Control del plazo de permanencia de vehículos de turismo
El artículo 20 de la Resolución establece el control del plazo de permanencia de los vehículos de turismo, incluyendo un marco de tolerancia de 20 días calendario. Esta medida busca regular el tiempo de estadía de los vehículos y evitar posibles infracciones aduaneras.
Facilidades de pago y restitución de medios de transporte
En relación al control aduanero, el administrador de la Aduana frontera Villazón, Edwin Rolando Flores, mencionó que «esta norma permite la restitución inmediata del medio y/o unidad de transporte cuando los propietarios se acojan a facilidades de pago». Destacó que la Aduana Nacional busca facilitar el comercio internacional al servicio del importador y transportador. La Resolución también contempla en su artículo 56 la devolución rápida del medio y/o unidad de transporte para evitar perjuicios a los propietarios que cumplan con las facilidades de pago establecidas.