Las pulseras electrónicas de vigilancia, una medida de protección especial para las mujeres víctimas de violencia, se implementarán en Bolivia, informó el viceministro de Seguridad Ciudadana, Roberto Ríos.
Ríos afirmó que la Justicia podrá disponer que los denunciados por violencia intrafamiliar utilicen estas pulseras para controlar que no se acerquen a sus víctimas en un radio de cinco kilómetros.
Vigencia de la Ley 358
Esta ventaja del uso de la nueva tecnología comenzará a utilizarse una vez que entre en vigencia la Ley 358 de «Uso, Control y Funcionamiento Técnico del Dispositivo Electrónico de Vigilancia», la cual ya fue aprobada en Diputados y solo resta su trámite similar en el Senado.
Sistema de alerta ante invasiones al perímetro restringido
«Cuando el juez determine que el agresor no puede acercarse al domicilio, lugar de trabajo o colegio donde se encuentran los hijos de la víctima de violencia, con este sistema podemos delimitar ese perímetro y si el agresor lo invade se enviará una señal al sistema y un patrullero se desplazará», explicó Ríos durante una entrevista.
Iniciativa relevante ante estadísticas alarmantes
Indicó que ya existen 500 dispositivos para comenzar a ejecutar la vigilancia electrónica sobre detenidos con medidas cautelares personales. Esta iniciativa es especialmente relevante considerando las estadísticas sobre violencia contra la mujer. Según los «Dossiers de Estadísticas en Seguridad Ciudadana y Seguridad Vial», cada 15 minutos una mujer denuncia ser víctima de violencia doméstica en Bolivia.
Del total de las denuncias realizadas en 2022, el 89,81% tiene como víctimas de violencia familiar a mujeres, y de ellas, el 31,59% oscila entre los 18 y 29 años.
Imprescriptibilidad en casos graves
Además de proteger a las víctimas, el dispositivo de vigilancia también permitirá reducir el hacinamiento en las cárceles. Según el artículo 10 de la iniciativa legal, no se podrá sustituir la detención preventiva impuesta por la medida cautelar de vigilancia del imputado mediante dispositivo electrónico en casos de delitos en los que la Constitución Política del Estado prevé imprescriptibilidad, como feminicidio, infanticidio, parricidio, asesinato, homicidio, trata de personas, tráfico de personas, secuestro o violación a un menor.