La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) ha anunciado una medida contundente para proteger a los consumidores financieros. A través de un comunicado, se informa que las entidades financieras están prohibidas de realizar cobros adicionales por el uso de tarjetas de crédito o débito en el extranjero o para la compra de bienes y servicios en el exterior.
La ASFI, como instancia reguladora, es la única autorizada para establecer comisiones y niveles máximos de tarifas y otros cargos que las entidades financieras puedan cobrar por las operaciones y servicios prestados. De esta manera, busca garantizar la transparencia en los cobros y proteger los derechos de los consumidores.
Excepción para retiros en cajeros automáticos fuera del país
Sin embargo, el comunicado aclara que si los consumidores realizan retiros de dinero en cajeros automáticos (ATM) fuera del país, los bancos internacionales pueden aplicar una comisión por el uso de este servicio. Estos canales transaccionales no están sujetos a la jurisdicción nacional ni son regulados ni supervisados por la ASFI.
Entidades financieras deben publicar sus tarifarios según normativa vigente
Es importante recordar que los cobros realizados por las entidades financieras deben estar enmarcados en sus tarifarios, los cuales deben estar publicados en los canales de comunicación que mantienen con sus clientes, según lo establecido por la normativa vigente.
ASFI insta a presentar reclamos por cobros indebidos
En caso de que un consumidor financiero sea objeto de un cobro indebido, la ASFI insta a presentar un reclamo siguiendo los procedimientos establecidos para que la entidad reguladora aplique las sanciones correspondientes.
Esta medida tiene como objetivo principal proteger los intereses de los consumidores y promover la transparencia en el sistema financiero, asegurando que los cobros sean justos y acordes a la normativa establecida.