La Aduana Nacional emitió el “Reglamento de Identificación de Vehículos Nacionalizados de Transporte de Carga y de Pasajeros” con el objetivo de garantizar la legalidad y nacionalización de los vehículos que circulan en Bolivia.
La norma, que estará vigente a partir del 1 de julio después de una fase de socialización durante junio, cuenta con dos capítulos y se aplica específicamente al transporte de carga que porte seis toneladas o más, así como a buses u ómnibuses con capacidad para más de 32 pasajeros.
Los vehículos afectados por la norma
Para obtener la identificación física establecida por el reglamento, es necesario cumplir con varios requisitos. El vehículo debe estar legalmente importado y haber sido nacionalizado en programas o procesos realizados entre 1990 y 2004.
Requisitos para obtener la identificación física
Se requiere presentar el Certificado de Registro de Propiedad del Vehículo Automotor vigente, la cédula de identidad del solicitante, la póliza o declaración de importación del medio transporte correspondiente, autorización para modificar la estructura del vehículo emitida por Tránsito (en caso necesario), informe técnico sobre autenticidad y certificación emitida por Diprove para nacionalizar el vehículo (en caso existan observaciones por chasis remarcado), certificación actualizada sobre no existencia de denuncia por robo nacional e internacional y recibo único del pago por 500 UFV.
El procedimiento implica completar un formulario en línea para solicitar la identificación física; presentar los requisitos en formato PDF; seleccionar la administración aduanera correspondiente; generar un ticket asignando un número al chasis del vehículo; verificar todos los documentos (en caso no existan observaciones); y, finalmente, realizar la verificación física del motorizado.