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TED emplea principio de preclusión y ratifica habilitación de Reyes Villa

El alcalde de Cochabamba, Manfred Reyes Villa / OPINIÓN
Desde el TED se decidió retomar las demandas de inhabilitación en contra del burgomaestre, presentadas antes de las elecciones subnacionales de 2021.

Tras una reanudación de plazos, la Sala Plena del Tribunal Departamental Electoral (TED) de Cochabamba, mediante una resolución, determinó este viernes dejar sin efecto las demandas para inhabilitar a Manfred Reyes Villa, aplicando el principio de preclusión.

Desde el TED se decidió retomar las demandas de inhabilitación en contra del burgomaestre, presentadas antes de las elecciones subnacionales de 2021.

En marzo, el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) dejó en manos del Tribunal Supremo Electoral (TSE) y de este pasó al TED, la determinación final sobre la inhabilitación o habilitación de la candidatura de Reyes Villa.

Según las demandas, no cumplía con los requisitos para postular a la Alcaldía de Cochabamba porque residía en el extranjero y no en esa ciudad.

Sin embargo, a través de una resolución emitida este viernes la Sala Plena se pronunció y dejó sin efecto dichas denuncias.

“RESUELVE: Aplicar el principio de preclusión y de conservación del acto electoral a todas las demandas de Inhabilitación acumuladas en la presente causa; disponiendo en consecuencia, la extinción de los procesos de inhabilitación contra el ciudadano Manfred Armando Antonio Reyes Villa Bacigalupi”, indica parte del documento.

Asimismo, la resolución estipuló reanudar los plazos de las demandas de inhabilitación a su candidatura presentadas contra el ciudadano Manfred Armando Reyes Villa Bacigalupi, en el momento procesal en que quedaron.

“En razón que el ciclo electoral de las elecciones sub nacionales 2021 ha conducido con la elaboración, suscripción y entrega del acta de cómputo final, pero que además se cursó la credencial en calidad de alcalde electo del municipio de Cochabamba, y que por mandato (…) no se pueden reabrir las etapas electorales”, agregaron.

El TED debe analizar la situación de asilado o refugiado de Reyes Villa, tal como estableció una sentencia constitucional que dispuso la aplicación condicionada de la frase «residencia permanente», contenida en la Constitución Política del Estado.

/NVY


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