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Economía anuncia que el incremento salarial en las empresas públicas se definirá con el D.S. 2348

El incremento salarial fue acordado en días precedentes / Internet
El boletín establece que quedan exentos de este incremento salarial la Policía, las Fuerzas Armadas, la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), los servidores públicos de los órganos del Estado, instituciones de control y defensa del Estado, entidades descentralizadas y otros que no estén vinculados con la actividad educativa y de salud.

El incremento salarial del 3 por ciento al haber básico, en el caso de las empresas públicas y privadas debe regirse en base a los lineamientos establecidos en el Decreto Supremo 2348, informó el Ministerio de Economía y Finanzas Publicas.

El D.S. 2348 fue publicado el 1 de mayo de 2015, como sostenibilidad financiera de su flujo de caja, utilidades y otros.

En días precedentes, tras negociaciones entre la COB y el Gobierno acordaron el aumento salarial, disponiendo el tres por ciento para el haber básico en el sector privado, en tanto, para los dependientes del Estado sólo llegará a Salud y Educación.

Asimismo, se aprobó un aumento del cuatro por ciento para el Salario Mínimo Nacional (SMN), es decir, subirá de Bs. 2.164 a Bs 2.250. Una vez aprobado el decreto de aumento salarial, será reglamentado por el Ministerio de Trabajo.

Incremento salarial en distintos sectores

De acuerdo a un boletín institucional de la cartera de Economía, los gobiernos municipales y departamentales, con sus respectivas instituciones descentralizadas, de acuerdo con lo establecido por la Constitución Política del Estado (CPE) y el artículo 113 de la Ley N° 031, Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”, fijarán el incremento salarial de hasta el tres por ciento al haber básico, de acuerdo con su disponibilidad y sostenibilidad financiera.

En el caso de las universidades públicas también podrán fijar incrementos salariales, “precautelando su capacidad financiera” a través de sus Honorables o Ilustres Consejos Universitarios.

Asimismo, el boletín establece que quedan exentos de este incremento salarial la Policía, las Fuerzas Armadas, la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), los servidores públicos de los órganos del Estado, instituciones de control y defensa del Estado, entidades descentralizadas y otros que no estén vinculados con la actividad educativa y de salud.

/JDLF/


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