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D.S. 4669 dispone que empresas de telefonía móvil consulten a usuarios para disponer de su crédito cuando agoten “megas”

Imagen Referencial / Archivo Internet
El Decreto Supremo 4669 obligará a las empresas operadoras de telefonía móvil en nuestro país a pedir el consentimiento a los usuarios para gastar de su crédito directo en el servicio de Internet, una vez que se acabe su paquete de “megas” adquirido.

El Decreto Supremo 4669 obligará a las empresas operadoras de telefonía móvil en nuestro país a pedir el consentimiento a los usuarios para gastar de su crédito directo en el servicio de Internet, una vez que se acabe su paquete de “megas” adquirido.

Este Decreto Supremo fue emitido en febrero, sin embargo, sus alcances fueron presentados recién este viernes por el ministro de Obras Públicas, Édgar Montaño y el director de la Autoridad de Transportes y Telecomunicaciones (ATT), Nestor Ríos.

Según el decreto una vez que el paquete de datos móviles adquiridos por el usuario sea consumido o expirado, “el operador o proveedor del servicio no podrá utilizar el saldo o crédito disponible sin consentimiento expreso del usuario”.

El ministro Montaño afirmó que este Decreto Supremo dice claramente que primero se le va a consultar al usuario, para utilizar su crédito principal después de consumir su paquete de datos.

Esta situación se da cuando el paquete de datos se agota o expira, entonces el operador automáticamente empieza a utilizar el crédito disponible del usuario para continuar con la navegación.

Ríos señaló que la tarifa del Internet con crédito directo es hasta 17 veces más cara que con los paquetes que compra el usuario, por lo cual destaca la importancia de este decreto para reducir los gastos en beneficio de los usuarios.

Desde el 16 de febrero, las empresas operadoras tienen 180 días para implementar esta medida, debido a que la misma está sujeta a una factibilidad técnica y se requiere de un plazo para ajustar los sistemas, concluyó la autoridad de la ATT.

/HNF/


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