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En Bolivia, zapatos y ropa ahora deben incluir en la etiqueta información sobre materiales

Las etiquetas de ropa deben tener la información de los materiales / Ayni Bolivia
A partir de este 15 de noviembre, rige en el país el etiquetado en ropa, calzados, marroquinería, artículos de viaje y similares con información mínima de sus características, tal y como lo dispone la Comunidad Andina (CAN). En Bolivia, la medida será incorporada mediante declaración jurada, de acuerdo al Decreto Supremo 4615.

A partir de este 15 de noviembre, rige en el país el etiquetado en ropa, calzados, marroquinería, artículos de viaje y similares con información mínima de sus características, tal y como lo dispone la Comunidad Andina (CAN). En Bolivia, la medida será incorporada mediante declaración jurada, de acuerdo al Decreto Supremo 4615.

“La importancia de incluir información en las etiquetas, como la composición o la procedencia de estos artículos, así como la presentación de dicha información, radica en prevenir prácticas que puedan inducir a error a los consumidores o usuarios sobre las características de dichos productos que se comercializan dentro de la subregión Andina”, informó la directora del Instituto Boliviano de Metrología (Ibmetro), Mabel Delgado.

La autoridad explicó que la disposición está contenida en las resoluciones 2107 y 2109 que aprueban los reglamentos técnicos de la CAN, y están siendo aplicadas de manera paralela en otros países miembros como Colombia, Ecuador y Perú, con el propósito de armonizar los reglamentos de etiquetado y de esa manera facilitar el comercio.

Según los reglamentos, las etiquetas de las confecciones deben incluir información sobre la composición de los materiales que conforman el producto, las instrucciones de cuidado y conservación, la identificación del fabricante o importador, la talla o dimensiones, según sea aplicable, y el país de origen o fabricación, según reportó el diario Opinión.

En el caso de calzados, productos de marroquinería, artículos de viaje y similares elaborados en el país y los importados, deben tener la información sobre materiales predominantes que componen el producto, identificación del fabricante o importador, talla (solo para calzados) y país de origen o fabricación.

Delgado indicó que a partir de la fecha, la información contenida en las etiquetas de los productos mencionados será asumida como declaración jurada de productores nacionales e importadores.

“Estamos comprometidos a brindar apoyo y orientación a las empresas en caso de alguna duda sobre estos reglamentos y estamos convencidos de que es muy importante que los productores e importadores apliquen muy bien estos reglamentos, los cuales pueden consultar en nuestra página web”, concluyó.

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