El transporte terrestre de carga y mercancías ya tiene un protocolo contra el Covid-19. Este lunes el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda mediante la Administradora Boliviana de Carreteras (ABC), presentó un documento que contiene medidas estrictas de bioseguridad que deben ser cumplidas por operadores y empresas de transporte.
“En la ABC estamos aplicando el Decreto Supremo 4451 de medidas y acciones para la contención y reducción de contagios por la Covid-19, y por ello estamos presentando este protocolo para que sea ejecutado de manera estricta por los conductores y empresas que utilizan nuestras carreteras”, afirmó el secretario general de la ABC, Fredy Mamani.
El documento precisa los requisitos mínimos que deben cumplir las empresas, los conductores de camiones y transporte de pasajeros para no representar un riesgo a la población.
Uso de barbijos
El conductor y su relevo deben usar barbijo de forma permanente y adecuada durante el tiempo permitido de conducción de acuerdo a normativa, el cambio de barbijo quirúrgico debe realizarlo posterior a cuatro horas, siempre y cuando no se encuentre húmedo o roto.
Acullicu
En el caso del acullicu, el conductor y su ayudante no debe compartir la bolsa de hojas de coca, cada uno debe contar con su propia bolsa y sus propios insumos, así como la limpieza obligatoria de ropa de trabajo después de cada viaje.
Recepción de carga o mercancías
Al momento de recibir la carga o mercancías, las mismas deben ser sometidas a fumigación, utilizando mochilas de desinfección que facilite la dispersión homogénea del desinfectante con soluciones de jabón. Para tal efecto la persona encargada deberá utilizar la protección adecuada como ser protector facial y barbijo triple capa.
Limpieza de vehículos
En tanto, para la limpieza de los vehículos la persona encargada debe portar: Guantes domésticos de goma, barbijo o mascarilla quirúrgica y ropa de trabajo.
Infracciones y sanciones
El personal de la empresa o las unidades móviles que no cumplan con los lineamientos establecidos en el presente protocolo, no podrán operar y estará sujeto a las sanciones establecidas en la normativa vigente.
El protocolo fue elaborado por el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda y rige en todo el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia y está dirigido a Operadores de trasporte terrestre de Carga y Mercaderías.
La misma será socializada y entregada a las instituciones para su aplicación y control como ser Tránsito de la Policía Nacional, los gobiernos departamentales y municipales a cargo de temibles de buses de transporte nacional e interprovincial.
Dejamos a su disposición el documento.