Las actividades particulares en las que se consumen bebidas alcohólicas como ser fiestas patronales o matrimonios que se extienden hasta el lunes no se verán afectas por el Decreto Municipal 114 referido a la venta y consumo de bebidas alcohólicas y la regulación de locales y negocios que se dedican a esta actividad.
Dichas actividades no contemplan la venta de bebida alcohólica sino más bien el consumo por invitación de anfitriones y no representa una violación al decreto municipal ya que al ser actividades sociales con carácter particular pueden desarrollarse con normalidad y son ajenas a las restricciones de la norma, según informaron fuentes oficiales desde el municipio.
El jefe de la Unidad de Defensa al Consumidor, capitán Rolando Silva, manifestó que una fiesta privada cuenta con un anfitrión e invitados cercanos, y en el caso de recibir bebidas alcohólicas, no lo hacen bajo un intercambio monetario, por tanto no tiene carácter comercial y no se puede sancionar a quienes tienen fiestas los lunes.
La autoridad señaló que si bien las fiestas privadas están exentas de la prohibición del lunes, esto no implica que no deban cumplir los requisitos que establecen las normas municipales, con el fin de garantizar la seguridad de sus invitados y evitar que se generen excesos o altercados alterando el orden público.