La Confederación de Empresarios Privados de Bolivia (CEPB) celebró este sábado la aprobación del reglamento emitido por el Ministerio de Trabajo, que regula el aumento del Salario Mínimo Nacional. La entidad valoró este avance como un paso importante hacia la racionalización de las normas salariales en el país.
Racionalización de normas salariales
En un comunicado, la CEPB destacó que se está progresando hacia la racionalización de las normas salariales. Además, expresaron su esperanza de que en los próximos años se implementen plenamente los principios del Convenio 131 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), especialmente en lo que respecta al salario mínimo.
Resolución Administrativa N.º 088/26
En su pronunciamiento, la confederación también elogió la emisión de la Resolución Administrativa N.º 088/26 del Ministerio de Trabajo. Esta resolución aclara y reglamenta la aplicación del incremento al salario mínimo nacional para el año en curso.
La CEPB subrayó que esta normativa establece claramente que el tratamiento del haber básico debe ser definido únicamente a través de acuerdos libres y consensuados entre empleadores y trabajadores.
Salario mínimo fijado en 3.300
Según el reglamento aprobado mediante la Resolución Ministerial N.º 088/26, en cumplimiento del Decreto Supremo N.º 5516, el Salario Mínimo Nacional se ha fijado en 3.300. Este aumento entrará en vigencia con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2026.
Obligaciones y procedimientos
La norma también define los alcances, obligaciones y procedimientos necesarios para asegurar su aplicación en todos los sectores laborales del país. Además, establece que el salario mínimo es de cumplimiento obligatorio y estará sujeto a control y supervisión por parte del Ministerio de Trabajo.













