El Presidente Rodrigo Paz promulgó este jueves la “Ley del Régimen Excepcional y Transitorio para la Realización de la Elección de Autoridades Políticas Departamentales, Regionales y Municipales”. Esta ley garantiza el pleno desarrollo de los comicios que se llevarán a cabo el 22 de marzo de 2026.
Mediante un video, el mandatario reafirmó su compromiso de apoyar al Tribunal Supremo Electoral (TSE) en la organización de estas elecciones.
Detalles de la Ley 1695
La Ley 1695 fue sancionada en la madrugada por la Cámara de Diputados y regula las elecciones en departamentos que no cuentan con estatutos autonómicos, en municipios que carecen de cartas orgánicas y en autonomías indígenas que no tienen estatutos.
Esta norma introduce cambios significativos en la distribución de escaños y en las figuras ejecutivas en varios departamentos del país.
Nuevas autoridades en Beni
Por primera vez, Beni se suma a Santa Cruz, Tarija y Pando al elegir a un vicegobernador o vicegobernadora. La ley departamental que se promulgue definirá las funciones de esta nueva autoridad ejecutiva.
Incremento de asambleístas en Chuquisaca
Chuquisaca verá un aumento en sus asambleístas, pasando de 21 a 25. Se crearán dos escaños indígenas, uno para Qhara Qhara y otro para Yampara, sumándose a los dos guaranís que ya existen. Además, la provincia Oropeza, que incluye a Sucre, añadirá dos asambleístas debido a su concentración poblacional.
Cambios en Potosí
Potosí también experimentará un cambio, aumentando su número de asambleístas departamentales de 32 a 33 con la creación de su primer escaño indígena, que será para Qhara Qhara.
Regulación de elecciones en departamentos
La ley establece la forma de elección en departamentos como La Paz, Chuquisaca, Cochabamba, Oruro y Potosí. En contraste, Santa Cruz, Pando y Tarija aplicarán los sistemas electorales que están establecidos en sus propios estatutos autonómicos.
Flexibilización de plazos para alianzas
Finalmente, una disposición clave de la Ley 1695 otorga una flexibilización excepcional en los plazos para el registro de alianzas. Se ha decidido no aplicar el plazo de 60 días antes de la convocatoria, lo que permitirá al TSE incorporar los plazos límite directamente en el calendario electoral.














