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Entidades financieras exigirán solo el nuevo certificado de sufragio a partir del 20 de octubre

Cada certificado tendrá un periodo de validez independiente / ABI
La información sobre la validez del certificado electoral para la segunda vuelta genera incertidumbre. Gustavo Ávila aclara que a partir del 20 de octubre solo se aceptará el nuevo documento.

El vocal del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Gustavo Ávila, informó que el certificado de sufragio que se entregó durante las elecciones del 17 de agosto tendrá validez hasta el 19 de octubre. Esta fecha coincide con el día de votación de la segunda vuelta, también conocida como balotaje. A partir del 20 de octubre, solo será válido el certificado que se emita tras la segunda vuelta electoral.

Ávila aclaró que “el certificado del 17 de agosto va a ser exigido por las entidades financieras hasta el 19 de octubre; después del 19 de octubre se les va a exigir que presenten el certificado (de sufragio) de la segunda vuelta hasta enero de 2026”. Cuando se le preguntó si es necesario llevar ambos certificados, Ávila respondió: “No, definitivamente, no”.

Incertidumbre sobre la validez

Esta situación ha generado dudas, ya que es la primera vez que se lleva a cabo una segunda vuelta electoral en Bolivia. Existen versiones que sugieren un posible periodo en el que ambos certificados podrían estar vigentes. También se cuestiona si los bancos y entidades públicas solicitarán la presentación de ambos documentos.

Según Ávila, el certificado de sufragio del 17 de agosto perderá su validez el 19 de octubre. A partir del 20 de octubre, solo será aceptado el documento que se entregue a quienes voten en la segunda vuelta.

Normativa electoral vigente

El artículo 154 de la Ley 026 de Régimen Electoral establece que “el Certificado de Sufragio es el único documento que acredita haber cumplido con la obligación del voto”. Esta norma también señala que dentro de los 90 días posteriores a la elección, se debe presentar este certificado para realizar tres tipos de trámites: acceder a cargos públicos, llevar a cabo trámites bancarios y obtener un pasaporte.

El plazo de 90 días se cumple el 15 de noviembre, lo que implica que el primer certificado será válido hasta esa fecha. Sin embargo, Ávila enfatizó que el certificado que se entregue después de votar el 19 de octubre de 2023 será el único que se aceptará.


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