El expresidente de Perú, Martín Vizcarra (2018-2020), fue liberado este jueves 4 de septiembre de 2025, después de haber pasado 3 semanas en prisión preventiva.
Esta medida fue anulada por un tribunal de apelaciones que determinó que Vizcarra debe enfrentar el juicio en libertad. En este juicio, se le acusa de haber recibido sobornos durante su tiempo como gobernador regional de Moquegua, antes de asumir la presidencia.
Detalles de su liberación
Vizcarra dejó la cárcel de Barbadillo, donde se encuentran expresidentes, y ha compartido espacio con otros exgobernantes que también están procesados o condenados, como Alejandro Toledo (2001-2006), Ollanta Humala (2011-2016) y Pedro Castillo (2021-2022).
El expresidente ha denunciado ser un “perseguido político” y “víctima de abusos” por parte del Gobierno de la presidenta Dina Boluarte y de las fuerzas que la respaldan en el Congreso.
Traslado a prisión común
Un hecho inédito ocurrió cuando Vizcarra fue trasladado a la cárcel de Ancón II, conocida como Piedras Gordas II, donde se encuentra una población de más de 2,000 presos. Este traslado duró 5 días y fue considerado inusual para un expresidente encarcelado.
El juez de primera instancia argumentó que Vizcarra no tenía arraigo familiar, ya que en el Documento Nacional de Identidad (DNI) de su único hijo, este figura con un domicilio en Moquegua. Sin embargo, el tribunal refutó esta afirmación, recordando que durante el allanamiento a la vivienda del expresidente, se encontró a su hijo y a su esposa.
Argumentos del tribunal
La resolución del tribunal señala que encontrar a un padre con su hijo y su cónyuge en un domicilio conocido durante la madrugada indica una relación familiar clara y existente. Esto disminuye la probabilidad de fuga y contradice la conclusión del juez de primera instancia.
Asimismo, la Sala Penal considera que el arraigo laboral de Vizcarra está garantizado. El juez Chávez Tamariz había descartado esto, argumentando que el contrato de Vizcarra era con la empresa que gerencia su esposa. Sin embargo, el tribunal sostiene que esto no implica que el contrato sea fraudulento.
Credibilidad del contrato
El tribunal también encontró elementos que ponen en duda la credibilidad del contrato de Vizcarra con su partido Perú Primero, debido a que el primer pago se realizó después de que se solicitara la prisión preventiva. No obstante, esta situación no afecta el arraigo laboral que se acreditó con el contrato de la empresa que gerencia su esposa.
La Sala Penal concluyó que el arraigo laboral no admite intensidades, tal como ha sido interpretado por la Corte Suprema en la Apelación N.° 38-2024 -Ayacucho de la Sala Penal Permanente. En este caso, el contrato con Urbaniza 3D muestra razonablemente la existencia de arraigo laboral.