El procurador general del Estado, Ricardo Condori, aclaró el martes 22 de julio de 2025 que no hay ninguna orden judicial que disponga el traslado de Luis Fernando Camacho a Santa Cruz. Esta aclaración se realizó después de que la defensa de Camacho interpretara como obligatoria una recomendación que se emitió durante una audiencia reciente.
Aclaración del procurador
Condori explicó que el juez que atendió la audiencia no impuso ninguna medida vinculante respecto al traslado de Camacho. El juez se limitó a señalar una posibilidad que está sujeta a evaluación administrativa y a condiciones específicas.
“Hay que aclarar lo siguiente: el juez jamás ha ordenado similar situación. Lo que sí ha indicado, y de manera textual, es lo siguiente: ‘se recomienda, se exhorta a las autoridades administrativas realizar los trámites administrativos pertinentes para viabilizar el traslado del señor Camacho a la ciudad de Santa Cruz’; empero dice también: ‘si es que existe alguna situación que pueda generar algún impedimento, deben hacerle conocer al Tribunal de Sentencia’”, indicó Condori.
Acción de libertad presentada
El procurador también informó que la defensa de Camacho presentó una acción de libertad, argumentando que su cliente no pudo asistir a 14 audiencias que fueron suspendidas dentro del caso conocido como “decretazo”. Sin embargo, aclaró que el proceso aún tiene una apelación pendiente, lo que impide avanzar hacia la fase de juicio oral en este momento.
Opciones para la audiencia
Además, recordó que existe un amparo constitucional que habilita otras modalidades para realizar la audiencia. Mencionó que una de las opciones es la conexión virtual, que permitiría la participación de Camacho sin necesidad de trasladarlo desde el penal de Chonchocoro.
También señaló que se puede optar por una modalidad mixta, en la que el Tribunal podría trasladarse a La Paz para garantizar su presencia. En ese contexto, cuestionó la insistencia de la defensa en exigir el traslado.
Cuestionamientos a la defensa
Condori consideró que otros tribunales han utilizado estas alternativas en procesos similares sin mayores complicaciones. Por esa razón, reiteró que no hay ninguna resolución judicial que respalde la exigencia de un traslado físico y que existen mecanismos legales suficientes para garantizar el desarrollo del juicio.
LDVY