A partir del 19 de mayo y hasta el 17 de junio, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) abrirá el periodo de rehabilitación para ciudadanos que han sido inhabilitados para participar en las elecciones generales programadas para el domingo 17 de agosto.
Gustavo Ávila, vocal del TSE, informó que en las elecciones judiciales de 2024, cerca de 400 mil ciudadanos fueron inhabilitados debido a que no votaron en los últimos dos procesos electorales o no cumplieron con su deber de ser jurados electorales.
“Estos ciudadanos tienen derecho a rehabilitarse. Van a llenar un formulario y presentar una fotocopia de su carnet de identidad. Es un trámite que no demora muchos minutos, y desde ese momento ya estarán rehabilitados”, explicó Ávila.
Importancia de la rehabilitación
El vocal electoral destacó que la habilitación de este periodo de rehabilitación es un mecanismo que ayuda a sanear el padrón electoral. En octubre de 2024, el TSE consolidó la base de datos del padrón electoral biométrico para las elecciones judiciales.
Este padrón quedó conformado por un total de 8.441.117 ciudadanos, de los cuales 7.333.933 fueron habilitados, 392.806 inhabilitados, 703.752 depurados y 10.626 no habilitados.
Proceso de rehabilitación
Ávila mencionó que para la rehabilitación de los inhabilitados se otorgará un periodo de 30 días, durante el cual podrán presentarse en el Servicio de Registro Cívico (Serecí) o en los Tribunales Electorales Departamentales (TED) con la fotocopia de su carnet.
“Necesitamos verificar que ese ciudadano no vive en el exterior o que no ha fallecido. Ya hemos saneado el padrón. Se inhabilitó a ciudadanos que no han votado en más de dos procesos. ¿Cuál era nuestro temor? Que estos ciudadanos no residan en el país o hayan fallecido”, indicó Ávila.
Costos y sanciones
El vocal también añadió que el formulario de rehabilitación no tiene ningún costo. En relación a las sanciones pecuniarias por no haber participado en las elecciones judiciales, la autoridad electoral aclaró que esa sanción ya ha prescrito.
“Recordemos que el trámite se exige por un lapso de 90 días. Al cumplir ese plazo, los bancos ya no te exigen ese certificado. No tendrán que pagar ningún tipo de sanción ni multa”, concluyó el vocal.
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