Empadronamiento Empadronamiento
Empadronamieto
Bolivia Noticias Oruro

Urquidi presenta acción de inconstitucionalidad a convenio entre Senarecom y la Gobernación de Oruro

El diputado Enrique Urquidi ha presentado una acción de inconstitucionalidad contra un polémico convenio entre Senarecom y Gador / Cedida a LA PATRIA
El diputado de CC Enrique Urquidi presentó una acción de inconstitucionalidad al convenio entre Senarecom y la Gobernación de Oruro por vulnerar vulneran principios y derechos constitucionales.

Enrique Urquidi, diputado de Comunidad Ciudadana por Oruro, presentó el 21 de abril de 2025 una acción de inconstitucionalidad de carácter abstracto. Esta acción se dirige contra las cláusulas cuarta y quinta del Convenio Intergubernativo entre el Servicio Nacional de Registro y Control de la Comercialización de Minerales y Metales (Senarecom) y el Gobierno Autónomo Departamental de Oruro (Gador). Urquidi argumenta que estas cláusulas vulneran principios y derechos constitucionales.

La acción de inconstitucionalidad presentada por el diputado Urquidi solicita al Tribunal Constitucional Plurinacional que “disponga la nulidad” de las cláusulas cuarta y quinta del mencionado Convenio. Además, pide que se declare la inaplicabilidad de la Resolución Departamental 010/2024, emitida por la Asamblea Legislativa Departamental del Gador. Esto tiene como objetivo restablecer la sujeción de la potestad sancionadora minera al orden constitucional.

Si se acepta esta solicitud, implicaría retornar competencias al nivel central (Senarecom) hasta que se dicte una nueva ley que sea compatible con la Constitución Política del Estado.

Cláusulas en cuestión

La cláusula cuarta observada establece los términos y condiciones para delegar parcialmente la competencia exclusiva del nivel central del Estado sobre “Recursos naturales y estratégicos, que comprenden minerales, espectro electromagnético, recursos genéticos y biogenéticos y las fuentes de agua”, al Gador. Esta delegación tiene como finalidad realizar actividades de verificación del cumplimiento de las obligaciones de retención y pago de las regalías mineras, así como aplicar su régimen sancionatorio.

Por otro lado, la cláusula quinta establece que el Estado, a través del Senarecom, efectúa la delegación parcial de la competencia exclusiva. Esto se refiere a la facultad reglamentaria y ejecutiva que consiste en “Recursos naturales y estratégicos, que comprenden minerales, espectro electromagnético, recursos genéticos y biogenéticos y las fuentes de agua”. La finalidad es realizar actividades de verificación respecto al cumplimiento de obligaciones de retención y pago de la regalía minera, así como aplicar su régimen sancionatorio, en el marco de las actividades establecidas en el Decreto Supremo Nº 2288 y normas internas de Senarecom relacionadas con el registro y control en la comercialización de minerales y metales.

Preocupación del sector empresarial

La Federación de Empresarios Privados de Oruro ha expresado su preocupación por este Convenio Intergubernativo. Han enviado notas a la Gobernación de Oruro, Senarecom, Servicio Estatal de Autonomías y al Ministro de Minería y Metalurgía. En estas notas se señala que el convenio provoca una duplicidad de sanciones, vulneración de principios constitucionales e impacto negativo en el sector productivo.

Además, la Federación solicita la disolución del convenio, argumentando que sus efectos pueden ser perjudiciales para el desarrollo del sector empresarial en la región.


Hemeroteca digital

mayo 2025
L M X J V S D
 1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031  
Empadronamiento Empadronamiento