Bolivia

TSE rechaza convocatorias de «arcistas» y «evistas» para Congreso del MAS

La Sala Plena del TSE rechazaron las solicitudes del ala "arcista" y "evista" respecto a las convocatorias al Congreso del MAS / APG
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) rechazó las solicitudes del ala "arcista" y "evista" para acompañar sus respectivas convocatorias al Congreso del MAS-IPSP.

En una sesión de la Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral (TSE) llevada a cabo el miércoles 17 de abril, se rechazaron las solicitudes del ala «arcista» y «evista» para acompañar sus respectivas convocatorias al Congreso del Movimiento Al Socialismo – Instrumento Político por la Soberanía de los Pueblos (MAS-IPSP).

Los vocales Tahuichi Tahuichi Quispe y Francisco Vargas explicaron que ambos sectores no cumplieron con subsanar las observaciones técnicas a sus convocatorias, lo que resultó en el archivo de dichas solicitudes.

Convocatorias incumplen reglamento de supervisión de organizaciones políticas

El ala «arcista» tenía previsto realizar el congreso del MAS-IPSP en mayo en la ciudad de El Alto, mientras que el ala «evista» había convocado su congreso para junio en Villa Tunari. El vocal del TSE, Francisco Vargas, señaló que ambos grupos no corrigieron las observaciones realizadas a sus convocatorias, incumpliendo el reglamento de supervisión de organizaciones políticas.

Según Tahuichi Tahuichi Quispe, las solicitudes no se ajustaron al reglamento debido a que no subsanaron las observaciones técnicas realizadas por la unidad técnica. La falta de firmas de dirigentes en el caso de los «evistas» y la ausencia de la firma de la directiva del MAS y sus delegados acreditados en la convocatoria de los «arcistas» fueron determinantes para el rechazo.

Posibilidad de volver a solicitar el acompañamiento del TSE

A pesar del rechazo, el TSE mencionó que aún existe la posibilidad de volver a solicitar el acompañamiento del Órgano Electoral para un Congreso, siempre y cuando se cumpla con lo establecido en el artículo 13 del Estatuto del MAS, que indica que la convocatoria debe ser consensuada por la Dirección Nacional del MAS con las organizaciones matrices.


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