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Diputados postergan tratamiento de Ley 225 sobre adhesión de Bolivia al Mercosur

El pleno de la Cámara de Diputados sesiona en la Asamblea Legislativa Plurinacional / CÁMARA DE DIPUTADOS
La Cámara de Diputados postergó nuevamente el tratamiento del proyecto de Ley 225 sobre la adhesión de Bolivia al Mercosur.

La Cámara de Diputados de Bolivia ha decidido posponer nuevamente el tratamiento del proyecto de Ley 225, el cual se refiere al protocolo de adhesión del país al Mercado Común del Sur (Mercosur). La ausencia de la canciller del Estado, Celina Sosa, ha sido el motivo principal de esta postergación.

Según el presidente de la Cámara de Diputados, Israel Huaytari, algunos legisladores tienen dudas sobre las implicaciones que tendría para Bolivia formar parte del Mercosur. Por esta razón, se espera la presencia de la canciller en la próxima sesión para aclarar estas dudas y proporcionar información relevante y detallada sobre la normativa.

«Es un proceso complejo, es un tratado que no se ve todos los días y la Canciller no estuvo presente, no sabemos el motivo por el que no asistió, pero es obligación que la Canciller esté presente», explicó el diputado Gustavo Aliaga de Comunidad Ciudadana (CC) a El Deber.

El proceso de adhesión de Bolivia al Mercosur

En diciembre de 2023, Brasil aprobó la adhesión de Bolivia al Mercosur. Ahora, el trámite ha pasado al país, donde el Legislativo debe aprobar una ley del protocolo de adhesión de Bolivia al Mercosur, a solicitud del Ejecutivo.

Según Aliaga, la adhesión de Bolivia al bloque internacional requerirá aproximadamente cuatro años. Durante este tiempo, Bolivia deberá ajustar sus normas de acuerdo a los lineamientos del Mercosur y establecer un cronograma para su total adhesión al bloque.

Se estima que se deben incorporar alrededor de 5,200 disposiciones legales de los países del Mercosur a la normativa boliviana, según el cálculo del diputado.

El referendo nacional y los tratados internacionales

Además de la aprobación de normativas y la adecuación de las normas del país, también se debe realizar un referendo nacional. Según el artículo constitucional 257, los tratados internacionales ratificados requieren la aprobación mediante referendo popular vinculante.

El artículo 259 de la Constitución Política del Estado establece que cualquier tratado internacional requerirá la aprobación mediante referendo popular si lo solicita el 5% de los ciudadanos registrados en el padrón electoral o el 35% de los representantes de la Asamblea Legislativa.

El anuncio de convocatoria a referendo suspenderá, de acuerdo a los plazos establecidos por la ley, el proceso de ratificación del tratado internacional hasta la obtención del resultado.


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